Resolución Nº 164/GCABA/MDEGC/13
Firmantes | Cabrera |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 11 de Marzo de 2013 |
VISTO:
Los Decretos Nros. 1.025/08 y 85/13 y el Expediente N° 2.979.097/12, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1.025/08 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares para contratar, mediante Licitación Pública, la concesión de uso y
explotación de la Playa de Estacionamiento Subterránea ubicada en el subsuelo de la
Av. 9 de Julio, con entrada por las calles Cerrito y Sarmiento y por la Av. 9 de Julio y
calle Sarmiento y con salida por las calles Carlos Pellegrini y Sarmiento y por la Av. 9
de Julio y calle Sarmiento, denominada "Obelisco Sur";
Que, en razón de dicho llamado, se adjudicó mediante Resolución Conjunta N°
146/MDEGC-MDUGC/09 la concesión de uso y explotación de dicha Playa de
Estacionamiento Subterránea a la firma Playas Subterráneas S.A.;
Que según informó la Dirección General de Transporte, los tramos de la Av. 9 de Julio,
entre las calles Lavalle y Sarmiento y entre las calles Lavalle y Córdoba son utilizados
actualmente como lugares de operación de los servicios de transporte de pasajeros,
provocando congestionamiento vehicular y estrechamiento de las vías de circulación
hacia ambos sentidos;
Que en tal sentido, la mencionada Dirección General plantea la necesidad de contar
con la mencionada Playa de Estacionamiento Subterránea para el Proyecto "Metrobús
9 de Julio", a fin de ubicar allí a dichas empresas de transporte de pasajeros, y así
eliminar dicho punto de conflicto;
Que el Decreto N° 85/13 revocó por oportunidad la concesión de uso y explotación de
la Playa de Estacionamiento Subterránea ubicada en el subsuelo de la Av. 9 de Julio,
con entrada por las calles Cerrito y Sarmiento y por la Av. 9 de Julio y calle Sarmiento
y con salida por las calles Carlos Pellegrini y Sarmiento y por la Av. 9 de Julio y calle
Sarmiento, denominada "Obelisco Sur";
Que mediante artículo 2° del citado Decreto se facultó al Ministro de Desarrollo
Económico, o a quien éste designe, a formular y suscribir el acuerdo indemnizatorio de
cancelación de las obligaciones emergentes de la revocación, a realizar las diligencias
pertinentes para efectivizar la desocupación de la referida Playa de Estacionamiento
Subterránea, y a tomar posesión de dicho bien.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 2° del Decreto N°...
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