Resolución Nº 33/GCABA/SSDE/13
Firmantes | Svarzman |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 27 de Febrero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 33/SSDE/13
Buenos Aires, 27 de febrero de 2013
VISTO:
el Decreto N° 923/GCABA/05, las Resoluciones Nros. 25/SSDE/09, 68/SSDE/09,
70/SSDE/09 y 137/SSDE/09, y los Expedientes N° 1.280.527/09 y 39824/09;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 923/GCABA/05 creó el Programa Red Institucional de Apoyo a
MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de desarrollar
acciones que permitan mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines
de lucro que prestan apoyo a las empresas porteñas;
Que por Resolución N° 25/SSDE/09, en el marco del citado decreto, se convocó al
concurso "Buenos Aires Emprende 2009", con el objetivo de desarrollar acciones que
permitan mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines de lucro que
prestan apoyo a las empresas porteñas;
Que en el Anexo I de la Resolución mencionada se estipulan las Bases y Condiciones
del Concurso, determinando dos etapas de actividades, una de patrocinio y otra de
tutoría para las instituciones que resulten seleccionadas;
Que, en éste marco jurídico, mediante la Resolución N° 68/SSDE/09 se establecieron
las Bases y Condiciones para la presentación de los proyectos de negocios de
emprendedores;
Que, en virtud de ello, a través de la Resolución N° 70/SSDE/09, se aprobaron las
propuestas de selección y tutoría de proyectos de emprendedores, entre ellas la
presentada por el Instituto de Emprendimientos Cientificos y Tecnologicos Asociacion
Civil -IECyT-, Expediente 39.824/09;
Que la Resolución N° 137/SSDE/09 aprobó el orden de mérito de los proyectos de
negocios presentados, entre los que se encontraba el de titularidad de Edio Jose Bassi
DNI 18.407.956 CUIT 23-18407956-9 y Analia Massacane DNI 27.939.587 CUIT 27-
27939587-0, patrocinado por la entidad ya mencionada, a quien se le otorgó un aporte
no reembolsable (ANR) de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CON 0/100
CENTAVOS ($ 30.600.-);
Que, para la ejecución del proyecto presentado por dicha sociedad, y su
correspondiente tutoría, se estableció un...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba