Resolución Nº 193/GCABA/MSGC/13

FirmantesReybaud
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2013

VISTO:

Las Ordenanzas N° 40.997, N° 41.793 N° 43.316, y N° 45.146, sus modificatorias y

Decretos reglamentarios, el Decreto N° 96/2012, la Resolución N° 14/MSGC/2013, el

Expediente N° 518392/2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Sistema de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N°

40.997, de Apoyo al Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N° 41.793, y de

Enfermería, aprobado por Ordenanza N° 45.146, sus modificatorias y decretos

reglamentarios, constituye un sistema remunerado de capacitación de posgrado;

Que por aplicación de los artículos 4° de la Ordenanza N° 40.997, 5° de la Ordenanza

N° 41.793 y 4° de la Ordenanza N° 45.146 queda establecida la obligatoriedad del

ingreso por concurso para cubrir plazas de residentes;

Que por Decreto N° 96/2012 se encomendó al Ministro de Salud la convocatoria al

concurso anual de residentes, por lo que surge la necesidad de dictar la norma legal

que determine las disciplinas a concursar, así como también la normativa a la que se

ajustará el presente concurso;

Que en consecuencia, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Capacitación

y Docencia, dependiente de la Dirección General de Docencia e Investigación, ha

organizado el llamado a concurso para el ciclo lectivo 2013, fijando las condiciones y

cronogramas que regularán el desarrollo del mismo;

Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente

del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios para la provisión

presupuestaria para el ejercicio correspondiente;

Que, por otra parte, en el marco de la promoción de las residencias iníerdisciplinarias y

multiprofesionales, la Dirección General de Docencia e Investigación considera de vital

importancia equilibrar la presencia de las distintas profesiones de origen en la

conformación de los equipos profesionales que participarán en el proceso de

formación a los fines de poder evaluar anualmente las necesidades a cubrir, garantizar

la actuación interdisciplinaria y orientar la oferta de vacantes en función de ello;

Que en ese orden de ideas en cada llamado a concurso para las respectivas

residencias deberá determinarse los profesionales a los cuales se destina la

convocatoria;

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario establecer una modalidad específica de

llamado a Concurso para el ingreso al Sistema de Residencias del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ciclo lectivo 2013.

Que, en ese orden, por Resolución N° 14/MSGC/2013 se convocó al concurso para la

provisión de hasta ochocientos treinta y ocho (838) cargos de residentes de primer año

para el ciclo lectivo 2013 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de

Apoyo de Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, conforme lo establecido en las Ordenanzas 40.997, N° 41.793, y N°

45.146;

Que, resulta necesario introducir modificaciones formales en la citada Resolución a fin

de evitar discrepancias en su interpretación, y teniendo en cuenta que han variado

ciertas circunstancias del concurso, corresponde derogar la norma mencionada y

volver a dictar una nueva, a los efectos de dotar de un correcto apoyo legal al

Concurso de ingreso al Sistema de Residencias para 2013;

Que, en consecuencia, corresponde derogar la Resolución N° 14/MSGC/2013 y dictar

una nueva en el mismo sentido.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1 Derógase la Resolución N° 14/MSGC/2013 y los ANEXOS I, II, III y IV de la

misma.

Artículo 2°

Llámese a concurso para la provisión de hasta ochocientos treinta y ocho.

(838) cargos de residentes de primer año para el ciclo lectivo 2013 de los Sistemas de

Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo del Equipo de Salud y de Enfermería del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para aquellas disciplinas que se

especifican en el artículo 3° de la presente.

Artículo 3°

Las disciplinas a concursar son:

  1. Residencias Médicas Básicas

    - Cirugía General (4 años)

    - Clínica Médica (4 años)

    -...

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