Resolución Nº 58/GCABA/AGC/13
Firmantes | Gómez Centurión |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 15 de Febrero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 58/AGC/13
Buenos Aires, 15 de febrero de 2013
VISTO:
LOS EXPEDIENTES N° 2106526/12 Y N° 483363/10, Y
CONSIDERANDO:
Que aproximadamente a las 02:50 horas del día 30 de septiembre de 2012, en el
marco de las intervenciones preventivas previstas por el Plan de Fiscalización y
Control inspectores pertenecientes a la Dirección General de Fiscalización y Control
(Área de Nocturnidad) se constituyeron en el local sito en Varela 64 PB de esta Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con nombre de fantasía "Lulu", exhibiendo solicitud de
habilitación comercial mediante expediente N° 1273128/2009 a nombre de Lucía C.
Jaldin, DNI N° 29.279.493, para los rubros casa de lunch y otros rubros, constatando
en el acto inspectivo que funciona como local de baile Clase "A" (sin la habilitación
correspondiente);
Que conforme surge del Informe de Inspección en N° 12744/DGFYC/2012, durante la
inspección se constataron las siguientes irregularidades: a) funcionar como local de
baile Clase "A" y sin la correspondiente habilitación otorgada a nombre del actual
explotador comercial para el desarrollo de dicha actividad. Asimismo, se verificó la
presencia de seis (6) señoritas según consta de dicho Informe: Devora María Liliam
Lucarelli, Rut Micaela Floris, Larisa Gómez, Pascuala Mercedes Rodríguez, Jeovani
Mora y Anabel Martínez, todas ellas cumpliendo la función de "alternadoras" junto al
público asistente de sexo masculino, conforme surge de la figura del art. 10.2.2 inc. f.
del Código de Habilitaciones de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de las faltas señaladas en el considerando que antecede, previo labrado
del acta de Comprobación Series "3" N° 432575, los agentes intervinientes
procedieron a la Clausura Inmediata y Preventiva del local, labrándose un (1) Acta
Circunstanciada N° 24392/12, y colocándose una (1) Faja de interdicción identificada
con el N° 26479;
Que dicha clausura fue asentada en el libro de la Comisaría actuante;
Que en fecha 2 de octubre de 2012, mediante Disposición N° 2695/DGFYC/2012, el
Director General de la Dirección General de Fiscalización y Control de la Agencia
Gubernamental de Control dispuso ratificar la medida de Clausura Inmediata y
Preventiva impuesta sobre el local sito en la calle Varela 64, PB de esta Ciudad, por
funcionar como local de baile Clase "A", casa de lunch y otros rubros, atento hallarse
afectadas las mínimas condiciones de: Funcionamiento: a) Funcionar como local de
baile Clase "A" sin encontrarse inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables y
sin la correspondiente habilitación otorgada a nombre del actual explotador comercial
para el desarrollo de dicha actividad - se verifica la presencia de seis (6) señoritas
según consta de dicho Informe: Devora María Liliam Lucarelli, Rut Micaela Floris,
Larisa Gómez, Pascuala Mercedes Rodríguez, Jeovani Mora y Anabel Martínez , todas
ellas alternando con el público asistente de sexo masculino;
Que en fecha 5 de octubre de 2012, en el marco del legajo administrativo
40530/UAAFE/2012, la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales de la
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
Agencia Gubernamental de Control, mediante Resolución Definitiva N°
24076/UAAFE/2012, dispuso la sanción de una multa de UF 1.500 (un mil quinientas
unidades fijas) a Lucía Jaldin, CUIT N° 27-29279493-8; ordenar el levantamiento de la
medida de clausura correspondiente al local sito en la calle Varela 64 PB de esta
Ciudad mediante el retiro de la faja de interdicción N° 26479, y mantener la medida
cautelar sólo respecto de la actividad de baile Clase "A", implantando en consecuencia
una faja de clausura de público conocimiento (faja de interdicción N° 013989);
Que a su vez, en la misma fecha 30 de septiembre de 2012, en el marco de la
fiscalización realizada en el local comercial sito en la calle Varela 64, los inspectores
actuantes observaron que al llegar a dicho lugar, una persona de sexo masculino salía
del local en cuestión e ingresaba al inmueble sito en Varela 62, dejando abierta la
puerta de acceso al mismo, pudiéndose observar que se trata de un pasillo iluminado
con luz azul. Dicha persona había sido acompañada por quien se presentó ante los
inspectores como el encargado del local de la calle Varela 64. Los inspectores, en
compañía de dicho encargado ingresaron al local de calle Varela 64 y constataron que
la pared del fondo del mismo es de placa de yeso tipo durlock ya que, conforme
indicara el encargado de dicho local, anteriormente el establecimiento se comunicaba
con el local de la calle Varela 62. Finalizado el recorrido por dicho local, los
inspectores solicitaron ingresar al establecimiento contiguo y los acompañaron sin
oponer objeción alguna;
Que en tal sentido, y conforme surge del Informe de Inspección en N°
12743/DGFYC/2012, los inspectores intervinientes procedieron a inspeccionar el local
sito en la calle Varela 62 PB de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constatando
que funciona como albergue transitorio, con una superficie aproximada de 140 m2.
Conforme surge de la inspección realizada, se accede al establecimiento desde la vía
pública por un pasillo. Al final del pasillo hay un hall con materiales varios y dos
puertas: una sobre el lateral derecho y otra al frente disimulada. La puerta del lateral
derecho conduce a una zona de siete (7) habitaciones a las que se accede desde un
corredor. En todas hay camas de una y dos plazas, ventiladores de techo y espejos en
las paredes. En cuatro (4) de las habitaciones hay pantallas infrarrojas conectadas en
forma irregular y en el pasillo hay otras dos (2) pantallas. Se halla en el corredor un
mueble metálico con locker y una mesa sobre la que se encuentra una lata con
preservativos sin usar, hojas de papel de colores, una planilla con el detalle de nombre
de mujeres, horario de entrada y salida, número de habitación y precios. Todo este
material fue secuestrado labrándose Acta de Secuestro e Inventario N°
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