Resolución N° 425

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 13
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 18 DE ENERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
plena vigencia de los benecios generados hasta la anualidad 2016 inclu-
sive.
Artículo 7º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas a dictar las dis-
posiciones instrumentales y/o complementarias que resulten necesarias
para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 8º.- Los benecios establecidos en el presente instrumento legal
se aplicarán para las anualidades 2017 y siguientes.
Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 10.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése oportunamente a la
Honorable Legislatura de la Provincia de Córdoba para su tratamiento y
aprobación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO.
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 1
Córdoba, 16 de enero de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 0011-055454/2016 por el que se solicita la creación del
Fondo Permanente “D” – GASTOS EN MEDIOS DE MOVILIDAD del Ser-
vicio Penitenciario.
Y CONSIDERANDO:
Que con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 1181/2016,
el 10% de lo recaudado en concepto de tasas retributivas por servicios de
adicionales era destinado a nanciar gastos de combustibles.
Que a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto, el 100% de lo
recaudado en concepto de tasas retributivas por servicios adicionales se
destina al personal de servicio penitenciario que presta este tipo de ser-
vicio.
Que en función de ello se genera la necesidad nanciera de contar con dis-
ponibilidad para afrontar gastos de combustibles, repuestos y reparaciones
de móviles afectados al Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la creación del Fondo Permanente requerido,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente
en el sentido que es necesaria la creación propiciada para el correcto fun-
cionamiento del Servicio.
Que la fuente de nanciamiento del Fondo Permanente cuya creación se
propicia está constituida por Rentas Generales.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público a fs. 14 y de acuerdo con lo dictami-
nado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 011/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente “D” –MEDIOS DE MOVILI-
DAD- del Servicio Penitenciario por la suma de PESOS UN MILLÓN ($
1.000.000), con límite por cada pago hasta veinte (20) veces el índice uno
(1) previsto por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, del que será responsa-
ble el Titular del Servicio Administrativo de la citada dependencia. Integra
como Anexo I de la presente Resolución, con una (1) foja útil, Formulario
T2-Solicitud de Apertura, Modicación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al Servicio
Administrativo del Servicio Penitenciario y a Contaduría General de la Pro-
vincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/hbILji
Resolución N° 425
Córdoba, 3 de noviembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0033-100190/2016, en que se propicia la locación del in-
mueble sito en calle San Martín Nº 1332 de la ciudad de Cosquín de esta
Provincia, destinado al uso de la Dirección General de Catastro y cualquier
otra dependencia que el Superior Gobierno de Córdoba resuelva instalar,
a partir del día 1º de diciembre de 2016 y por el término de veinticuatro
(24) meses.
Y CONSIDERANDO:
Que el Señor Director General de Catastro a fs. 2 procura la renovación de
la locación de dicho inmueble.
Que la señora Graciela Beatriz Dolce en su carácter de propietaria del
inmueble referido propone un alquiler mensual de $ 25.000.-
Que ha tomado debida participación el Consejo General de Tasaciones
determinando el valor locativo mensual del inmueble de que se trata en la
suma de $ 18.000.-
Que a fs. 1 del F.U. 29 la propietaria del inmueble referenciado realiza una
nueva presentación, ofreciendo un valor locativo de $ 21.600.- mensuales.

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