Resolución Nº 30/GCABA/AGC/13

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición23 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 30/AGC/13

Buenos Aires, 23 de enero de 2013

VISTO:

LA ORDENANZA N° 41.718, LAS LEYES N° 3.364, N° 4342, N° 2.624, LAS

RESOLUCIONES N° 1078-SSIG/93, N° 504/AGC/11, Y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 41.718/86 aprobó las normas tendientes a regular la habilitación

y funcionamiento de los natatorios, supeditando su cumplimiento al dictado de una

reglamentación;

Que mediante el dictado de la Resolución N° 1.078-SSIG/93 se facultó a la Dirección

General de Verificaciones y Habilitaciones, actualmente Dirección General de

Habilitaciones y Permisos a conceder autorizaciones de funcionamiento con carácter

precario hasta tanto fuera reglamentada la Ordenanza N° 41.718, lo que no ha

acontecido a la fecha;

Que en ese estado de situación, el 3 de diciembre de 2009 se sancionó la Ley N°

3.364, que incorpora al Código de Habilitaciones y Verificaciones el Capítulo 11.15,

con el objeto de regular la habilitación y funcionamiento de los natatorios públicos,

semipúblicos y especiales en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la mencionada Ley dispuso en su artículo 2° que los natatorios instalados en la

Ciudad, contaban con un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos a partir de su

publicación en el Boletín Oficial, para adecuar su funcionamiento a lo determinado en

el capítulo 11.15 del Código de Habilitaciones y Verificaciones;

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/11, se suspendió por el

plazo de ciento ochenta (180) días hábiles administrativos la obligatoriedad de

adecuación a lo determinado en el Capitulo 11.15 del Código de Habilitaciones y

Verificaciones respecto de dichos natatorios;

Que posteriormente con el dictado de la Ley N° 4.342 se introdujeron modificaciones al

Capítulo 11.15 del Código de Habilitaciones y Verificaciones; Artículos 1 a 4

Que por Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a efectos de controlar,

fiscalizar y regular -en las condiciones que lo reglamente el Sr. Jefe de Gobierno- el

ejercicio del poder de policía amplio, con el alcance normado en el plexo jurídico

respectivo;

Que esta Agencia dictó la Resolución N° 504/AGC/11, en el marco de las Auditorías

Integrales Programadas, por medio de la cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR