Resolución Nº 75/GCABA/AGIP/13

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 75/AGIP/13

Buenos Aires, 5 de febrero de 2013

VISTO:

LA LEY N° 2603 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 745/GCABA/08, EL

DECRETO N° 2008/GCABA/03, LA RESOLUCIÓN N° 138-SECLYT/10, LA

RESOLUCIÓN N° 169/SECLYT/10 Y EL EXPEDIENTE N° 1966019/12, Y

CONSIDERANDO:

Que por Oficio Judicial N° 1.280.743/PG/12, el Juzgado en lo Contencioso

Administrativo y Tributario N° 9, Secretaría N° 17, requirió la remisión del Expediente

Administrativo N° 19.517/DGR/09, correspondiente al contribuyente Cartasur Cards

S.A. en los autos caratulados G.C.B.A. C/ CARTASUR CARDS S.A. INGRESOS

BRUTOS CONVENIO MULTILATERAL S/ E.F. (Expediente N° 971.705);

Que se inició el procedimiento de rigor de búsqueda de la citada actuación mediante

Comunicado Oficial a través del expediente N° 1966019/MGEYA/12, arrojando

resultado negativo;

Que la reconstrucción de expedientes, carpetas, registros y oficios judiciales se

encuentra contemplada en el Art. 17 del Anexo del Decreto N° 2008/GCABA/03 y el

Art. 11 del Anexo I de la Resolución N° 138/SECLyT/10;

Que el inciso 1° del artículo 17 del Anexo del Decreto 2008/GCABA/03 establece que

comprobada la pérdida o extravío de un actuado debe ordenarse su reconstrucción por

Resolución emanada de funcionario con nivel no inferior a Subsecretario;

Que el artículo 8 de la Ley N° 2603 reglamentada por el Decreto N° 745/GCABA/08

determina que el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos tiene rango

equivalente a Subsecretario;

Que resulta necesario dictar el acto administrativo ordenando la reconstrucción de la

actuación;

Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante providencia

PV-2011-00977252-DGSUM que recayera en el Expediente N° 206.909/2011, toda

vez que posee las facultades necesarias para requerir en forma directa a la

Procuración General la instrucción de un sumario administrativo;

Que en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar

las responsabilidades administrativas, corresponde requerir a la Dirección General de

Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

instrucción del pertinente Sumario Administrativo;

Que la...

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