Resolución N° 42/SSABI/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición29 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 42/SSABI/22
Buenos Aires, 28 de julio de 2022
VISTO: Las Leyes N° 70, N° 1.218, N° 5.558 y su modificatoria, la Ley N° 5.941(textos
consolidados por Ley No 6.347), N° 6.247, N° 6.292 (textos consolidados por Ley Nº
6.347) y N° 6.037, N° 6.301, N° 6.507, los Decretos N° 88/GCABA/18 y Nº
161/GCABA/22, la Resolución N° N° 326/APRA/13 y N° 9/UPEPI/2022, la Disposición
N° 843/DGIUR/2022, el Expediente Electrónico EX-2020-16426686- GCABA-DGADB,
y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la enajenación de un inmueble de
dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la Calle sin nombre oficial Nº
1278 esquina Calle sin nombre oficial S/Nº esquina Sendero sin nombre oficial S/Nº
esquina Prolongación calle Ernesto A. Bavio S/Nº, identificado catastralmente como
Circunscripción 16 Sección 27 Manzana 146H, conforme Plano de Mensura con
fraccionamiento y cesión de calles N° 85-C-2017, e inscripto por ante el Registro de la
Propiedad Inmueble bajo Matrícula FRE 16-48934;
Que mediante el artículo 12 de la Ley N° 5.558 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
modificado por la Ley Nº 6.037, se declaró innecesario para la gestión del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se desafectó del dominio público la fracción de
terreno identificada como POLÍGONO C según Plano de Mensura con fraccionamiento
y cesión de calles N° 85-C-2017, que figura como ANEXO I del Pliego de Bases y
Condiciones que se aprueba en el art. 2 de la presente Resolución, disponiéndose la
enajenación de conformidad con la Ley N° 6247 (texto consolidado Ley N° 6347);
Que la Ley de Ministerios Nº 6.292 contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción con sus respectivas competencias;
Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 7°, atribuye dicha cartera ministerial
competencia para entender en todos los aspectos vinculados a la posesión, tenencia,
administración, dominio, disposición y enajenación de los bienes inmuebles de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto Nº 161/GCABA/22 estableció entre las responsabilidades primarias de
la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, dependiente del Ministerio
de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la de intervenir en la enajenación, constitución, transferencia,
modificación o extinción de derechos sobre los bienes inmuebles de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el art. 15 de la Ley N° 5.558 (texto consolidado por Ley N° 6.347) antes citada,
estableció la creación del Parque de la Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (en adelante PIN) emplazado dentro del denominado POLÍGONO C conforme
Plano de Mensura 85-C2017, cuyo objetivo es posicionarse como centro urbano que
impulse la ciencia y la tecnología, la generación, atracción y desarrollo de la
innovación, del conocimiento y del talento de la Ciudad;
Que por Decreto N° 88/GCABA/18 se creó la Unidad de Proyectos Especiales Parque
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6429 - 29/07/2022

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