Resolución N° 42 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 96
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 11 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
una variación de referencia de 9,49% y el saldo a integrar de $ 923.827,22;
en cuanto a la Adecuación Provisoria Nº 2 se informa que corresponde
al mes de abril/2021, la variación de referencia es de 9,38% y el saldo a
integrar por Adecuación Provisoria es de $ 2.407.900,85 y respecto a la
Adecuación Provisoria Nº 3 corresponde al mes de mayo/2021, la varia-
ción es de 7,25% y el saldo a integrar por Adecuación Provisoria es de $
947.707,78; en consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la
obra complementaria asciende a la suma de $ 24.520.559,49.
Que se ha incorporado en autos Formulario de Aceptación de Adecuación
Provisoria de Precios Nº 1, 2 y 3 suscripto por el representante de la rma
contratista, por el que presta conformidad a las Adecuaciones Provisorias de
Precios por las variaciones de costos vericadas en los meses de enero, abril
y mayo del 2021, habiendo renunciado la misma a todo reclamo, conforme lo
estipulado por el artículo 14 del Anexo I Decreto Nº 800/2016.
Que se agrega Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N°
2022/000133 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 105/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad
a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016 y dis-
posiciones de la Resolución Nº 223/216 del entonces Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales, atento a que se ha vericado una variación en
los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al
cinco por ciento (5%) respecto a los valores Contractuales vigentes.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que contempladas
las previsiones del Decreto N° 800/2016 y sus modicatorios, para los
cálculos efectuados, vericada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evidenciado
en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona, debiendo
la Secretaría de Arquitectura solicitar oportunamente la integración de la
garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que existe una
modicación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas
en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dicta-
minado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el N° 105/2022, Providencia de fecha 1 de febrero de 2022 y en
uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Formulario de Aceptación de Adecua-
ción Provisoria de Precios Nº 1, 2 y 3 por las variaciones de costos ve-
rificadas en los meses de enero, abril y mayo del 2021, en los Trabajos
Complementarios de la obra: “RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR
DE LA NUEVA SEDE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, ubicado en calle
Rivera Indarte N° 33 – Barrio Centro – Localidad de Córdoba – Depar-
tamento Capital – Provincia de Córdoba”, por la suma de Pesos Cuatro
Millones Doscientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y Cinco
con Ochenta y Cinco Centavos ($ 4.279.435,85), suscripto con fecha
4 de marzo del 2022 por el socio gerente de la empresa TETRA S.R.L,
contratista de la obra, señor Sebastián CASTELLANO, que como Ane-
xo I, compuesto de una (1) foja, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Cuatro Millones Doscientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y
Cinco con Ochenta y Cinco Centavos ($ 4.279.435,85), conforme lo indica
la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documen-
to de Contabilidad - Nota de Pedido N° 2022/000133, con cargo a Jurisdic-
ción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por
Terceros del P.V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscri-
bir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo
la Empresa TETRA S.R.L., de corresponder, integrar el importe adicional
de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a
la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 42
Córdoba, 9 de Mayo de 2022
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneciarios del Ré-
gimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de
Córdoba (RECOR), efectuada por la rma “ITECH3D S.A.S..
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, se creó el “Registro
de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conoci-
miento de la Provincia de Córdoba (RECOR)”, en el que deben inscribirse
quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Re-
gistro Nacional y se encuentren gozando de los benecios estipulados en
la Ley Nacional Nº 27.506 y deseen acceder a los benecios creados por la
precitada Ley.
Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación
de la Ley Nº 10.649 y su modicatoria, y se dispuso que el Ministerio de
Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y
Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en
sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen
de promoción.
Que, con fecha 28/04/2022, la rma “ITECH3D S.A.S. (C.U.I.T 30-
71635099-8)” presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante

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