Resolución N° 4193/MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 2 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 4193/MCGC/18
Buenos Aires, 24 de julio de 2018
VISTO:
las Leyes Nº471 y N°5460, los Decretos Nº 3360/68, N° 468/08 y N° 184/10, el
Expediente Nº 12025794/MGEYA/CCGSM/2018 y;
CONSIDERANDO:
Que de las actuaciones enunciadas en el visto surgen presuntas irregularidades
acaecidas entre el día 06/04 y 23/04 de 2018 con relación a la desaparición de una (1)
computadora- N° de Inventario 353289 (Marca: Apple, Modelo: MacBook Pro, Pantalla
17 pulgadas, Procesador 2.8 GHZ Quad Core, Disco Rígido Interno de 320 GB,
Memoria RAM de 2GB expandible a 4 GB, Disco Extra Interno de 750 GB, N° de Serie:
G88400ZQXYK, según datos aportados en autos por la Sra. Noelia Alejandra Castillo-
D.N.I.:36.161.122) de un valor de inventario de pesos quince mil setecientos treinta y
tres con 36/100 ($15733,36) todo ello en el Centro Cultural General San Martín, hecho
que fuera denunciado por la precitada por ante la División Comisaria N°3 de la Policía
de la Ciudad;
Que las actuaciones policiales mencionadas llevan el N°263340/2018 y han sido
caratuladas como: Art. 162 Hurto- con intervención de la Fiscalía Criminal y
Correccional N°3 a/c del Dr. Roma, Secretaria Única a/c del Dr. Curtale;
Que obra copia de la planilla de alta patrimonial de la cual surge el valor del bien
sustraído;
Que la Dirección General del Centro Cultural General San Martín produjo un informe
respecto del hecho objeto de autos;
Que se ha dado cumplimiento con el Comunicado B.O. Nº 590, Pág. 9.165,
11/12/1998, el cual requiere que: "Al advertirse la desaparición o faltante de cualquier
bien mueble, la Dirección de la respectiva repartición deberá informarlo a la
Superioridad, adjuntando siempre el conjunto de las actuaciones que acrediten en
forma fehaciente que se ha agotado exhaustivamente la búsqueda dentro del área. A
tal fin, todos y cada uno de los integrantes del personal deberán informar
individualmente por escrito - y adjuntarlo a las actuaciones bajo su firma - que han
efectuado la respectiva búsqueda, indicando cuál ha sido su resultado";
Que los artículos 10 y 11 de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecen las
obligaciones y las prohibiciones de los trabajadores de la Ciudad y el Capítulo XII
dispone el régimen disciplinario;
Que el Decreto Nº 468/GCBA/08 modifica el Reglamento de Sumarios Administrativos
aprobado por el Decreto 3360/68, estableciendo que conocido un hecho que motive la
responsabilidad disciplinaria, la Dirección General Técnica y Administrativa Legal que
corresponda al área, o el organismo equivalente de los Ministerios y Secretarias del
Poder Ejecutivo, realizara la investigación necesaria para comprobarlo, la que
concluirá con un informe circunstanciado en el que se describan los resultados de las
averiguaciones practicadas;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5427 - 02/08/2018

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