Resolución N° 5/2013

Fecha de disposición09 Enero 2013
Fecha de publicación01 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 9/1/2013

VISTO la Actuación SIGEA N° 12542-703-2006/132 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT N° 30-50679216-5) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución N° 261/2012 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de embarque de cereales del puerto particular de esa empresa, ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO (408) margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Rosario.

Que en la actuación SIGEA N° 12542-703-2006 se encuentra acreditado que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita por Expediente N° S02:0008237/2012.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución N° 261/2012 (SDG OAI).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL

DE LA SUBDIRECCION GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle para embarque de cereales del puerto de la firma Cargill S.A.C.I. (CUIT N° 30-50679216-5), ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario, por el término de TREINTA (30) días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución N° 261/2012 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.

ARTICULO 2°

— Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA...

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