Resolución Nº 126/GCABA/MAYEPGC/13

FirmantesSantilli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición24 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

RESOLUCIÓN N.° 126/MAYEPGC/13

Buenos Aires, 24 de enero de 2013

VISTO:

el Expediente N° 2.040.650/11, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de renovación de concesión

de terreno para bóveda formado por la fracción de la sepultura 4, 5 y parte de la

sepultura 6 más fracción de frente incompleto de los fondos de las sepulturas 2 y 3, del

N° 32, sección 3 del Cementerio de la Recoleta, cuyo vencimiento operó el día 30 de

mayo de 1997, efectuada por la señoras Lucía Dorila Oliva Vélez, María Rosa Oliva

Vélez y los señores Jerónimo Luis Oliva Vélez, Fernando Nino Oliva Vélez y Carlos

María José Cayetano Oliva Vélez;

Que la Dirección General Cementerios informó sobre la titularidad correspondiente y

estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia

que la liquidación de los derechos de la concesión de que se trata, se efectuará con

posterioridad al dictado del presente acto;

Que la Procuración General de la Ciudad ha emitido opinión mediante Informe N°

1626451-DGEMPP/12, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal

vigente al vencimiento de la concesión, "La Ley Tarifaria fija anualmente los precios

para las renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran: 1. Renovación

por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para

bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El

titular tiene opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos...";

Que corresponde la aplicación del artículo 31 del Decreto N° 17.559/51 atento al

carácter de co-titulares de los solicitantes;

Que cabe destacar, que para acceder a la renovación de una concesión, los

solicitantes deberán abonar el canon establecido y también el valor proporcional de la

construcción de la bóveda que corresponda;

Que mediante Decreto N° 1.499/98 se facultó al entonces Secretario de Producción y

Servicios la resolución de las renovaciones de las concesiones de terrenos para

bóvedas y panteones en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, en el

marco de lo normado por los artículos 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51 y del artículo

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