Resolución Nº 126/GCABA/MAYEPGC/13
Firmantes | Santilli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 24 de Enero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 126/MAYEPGC/13
Buenos Aires, 24 de enero de 2013
VISTO:
el Expediente N° 2.040.650/11, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de renovación de concesión
de terreno para bóveda formado por la fracción de la sepultura 4, 5 y parte de la
sepultura 6 más fracción de frente incompleto de los fondos de las sepulturas 2 y 3, del
N° 32, sección 3 del Cementerio de la Recoleta, cuyo vencimiento operó el día 30 de
mayo de 1997, efectuada por la señoras Lucía Dorila Oliva Vélez, María Rosa Oliva
Vélez y los señores Jerónimo Luis Oliva Vélez, Fernando Nino Oliva Vélez y Carlos
María José Cayetano Oliva Vélez;
Que la Dirección General Cementerios informó sobre la titularidad correspondiente y
estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia
que la liquidación de los derechos de la concesión de que se trata, se efectuará con
posterioridad al dictado del presente acto;
Que la Procuración General de la Ciudad ha emitido opinión mediante Informe N°
1626451-DGEMPP/12, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal
vigente al vencimiento de la concesión, "La Ley Tarifaria fija anualmente los precios
para las renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran: 1. Renovación
por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para
bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El
titular tiene opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos...";
Que corresponde la aplicación del artículo 31 del Decreto N° 17.559/51 atento al
carácter de co-titulares de los solicitantes;
Que cabe destacar, que para acceder a la renovación de una concesión, los
solicitantes deberán abonar el canon establecido y también el valor proporcional de la
construcción de la bóveda que corresponda;
Que mediante Decreto N° 1.499/98 se facultó al entonces Secretario de Producción y
Servicios la resolución de las renovaciones de las concesiones de terrenos para
bóvedas y panteones en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, en el
marco de lo normado por los artículos 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51 y del artículo
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