Resolución Nº 1868/2012

Fecha de disposición21 Noviembre 2012
Fecha de publicación17 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 21/11/2012

VISTO el Expediente N° 1.526.438/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.526.438/12 obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la firma TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), el cual es ratificado por las partes a foja 24.

Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen incrementar los valores de los Viáticos acordados en el Artículo 30 del C.C.T. N° 497/02 a partir del 1 de agosto de 2012, de acuerdo a las condiciones y términos allí pactados.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados.

Que el Convenio Colectivo de referencia fue oportunamente suscripto por las partes del presente conjuntamente con la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (UPJET).

Que en consecuencia, respecto al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se establece exclusivamente para los trabajadores representados por la asociación sindical celebrante comprendidos en el Convenio de Trabajo de Empresa N° 497/02 “E” que laboran para la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que el ámbito territorial y personal del texto de marras se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que en orden a lo manifestado por la representación gremial a foja 24, la misma carece de Delegados del Personal.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárese homologado el acuerdo obrante a foja 2 del Expediente N° 1.526.438/12 celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES...

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