Resolución Nº 405/GCABA/APRA/12
Firmantes | Corcuera Quiroga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 30 de Noviembre de 2012 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII
RESOLUCIÓN N.° 405/APRA/12
Buenos Aires, 30 de noviembre de 2012
VISTO:
La Ley N° 2.628, los Decretos N° 660/11, N° 442/10 y N° 148/11, y la Nota N°
2521772-COMUNA7-2012 el Expediente Electrónico N° 2660491/12, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad
autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la
planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la
política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires,
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2628, la Agencia es
administrada por un Presidente, designado a partir del 1 de junio de 2010 por el señor
Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto N°
442/10 de fecha 07 de junio de 2010;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° inc. b) de la ley ut supra mencionada
es función de esa Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de
esta Agencia, respecto a su estructura orgánica funcional;
Que por Decreto N° 148/11, se aprobó el Régimen General de Comisiones de Servicio
de Personal y el procedimiento a seguir en el ámbito de esta Administración;
Que por Nota N° 2521772-COMUNA7-2012 la Junta Comunal N° 7 solicitó la comisión
de servicios de la agente Donaire de Galante Patricia F. C. N° 375.162, CUIL N° 27-
14001906-8, quien reviste en la Planta Permanente de la Agencia de Protección
Ambiental, Partida Presupuestaria 3533.0000. A-B-04 350, con el objetivo de prestar
servicios en dicha repartición;
Que la comisión de servicios de que se trata se realiza de conformidad con lo
establecido en la normativa vigente, siendo posible en este caso su autorización;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el
Decreto N° 442/10,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
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