Resolución Nº 405/GCABA/APRA/12

FirmantesCorcuera Quiroga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2012

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII

RESOLUCIÓN N.° 405/APRA/12

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2012

VISTO:

La Ley N° 2.628, los Decretos N° 660/11, N° 442/10 y N° 148/11, y la Nota N°

2521772-COMUNA7-2012 el Expediente Electrónico N° 2660491/12, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad

autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la

planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la

política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires,

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2628, la Agencia es

administrada por un Presidente, designado a partir del 1 de junio de 2010 por el señor

Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto N°

442/10 de fecha 07 de junio de 2010;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° inc. b) de la ley ut supra mencionada

es función de esa Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de

esta Agencia, respecto a su estructura orgánica funcional;

Que por Decreto N° 148/11, se aprobó el Régimen General de Comisiones de Servicio

de Personal y el procedimiento a seguir en el ámbito de esta Administración;

Que por Nota N° 2521772-COMUNA7-2012 la Junta Comunal N° 7 solicitó la comisión

de servicios de la agente Donaire de Galante Patricia F. C. N° 375.162, CUIL N° 27-

14001906-8, quien reviste en la Planta Permanente de la Agencia de Protección

Ambiental, Partida Presupuestaria 3533.0000. A-B-04 350, con el objetivo de prestar

servicios en dicha repartición;

Que la comisión de servicios de que se trata se realiza de conformidad con lo

establecido en la normativa vigente, siendo posible en este caso su autorización;

Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el

Decreto N° 442/10,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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