Resolución Nº 1651/2012

Fecha de disposición26 Octubre 2012
Fecha de publicación17 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/10/2012

VISTO el Expediente Nº 1.511.580/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 28 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa DUPONT ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por la parte empresaria, ratificado a foja 63 por medio del Acta integrante del mismo, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el Acuerdo celebrado, las partes convinieron sobre el Fondo de Asistencia Social, con las prescripciones y demás consideraciones a las cuales se remite.

Que las partes convinieron que el Acuerdo opera su vigencia a partir del mes de Junio de 2012.

Que las partes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1181/11 “E”.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la Empresa involucrada y la representatividad de la parte sindical firmante emergente de su personería gremial.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en las presentes actuaciones.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárese homologado el Acuerdo obrante a foja 28 celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DUPONT ARGENTINA SOCIEDAD DE...

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