Resolución N° 411/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.º 411/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 24 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 5460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) modificada por la Ley
N° 5.960, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado
por Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 439/SECTRANS/2018 y 63/SECTRANS/2019, los Expedientes
24895070-MGEYA-UPEMS/2018 y Nº 26958937-MGEYA-SECTRANS/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se le dio trámite al recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio presentado por el Sr. Enrique Roque Medina, titular del D.N.I.
22.201.202, C.U.I.T 20-22201202-4, contra la Resolución Nº 439/SECTRANS/2018,
que dispuso rescindir el contrato de locación de servicio que lo unía con la
Administración a partir del 01/09/2018;
Que, tal como surge de las constancias obrantes en estas actuaciones, el Sr. Medina,
brindó servicios para la Unidad de Proyectos Especiales Movilidad Saludable
(UPEMS) antes Dirección General de Movilidad Saludable (DGMSA), iniciando su
vinculación en mayo de 2013, desempeñándose, desde el inicio de su contratación,
como chofer del Servicio de Transporte Público en Bicicletas (STPB);
Que la rescisión del contrato referido se produjo como consecuencia de los
incumplimientos sostenidos por parte del Sr. Medina en el desarrollo de sus tareas;
Que en el marco de las actuaciones EE-2018-24895070-MGEYA-UPEMS, se dictó el
pertinente acto administrativo Resolución N° 439/SECTRANS/2018, en virtud de la
cual operó la rescisión de la contratación del requirente a partir del 01/09/2018,
notificada la misma mediante cédula el Sr. Medina presentó el recurso objeto de autos;
Que habiendo tomado debida intervención la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, emitió el correspondiente Dictamen Jurídico -IF-2019-00699809-
DGEMPP- y, siguiendo los lineamientos del mismo, se dictó la Resolución Nº
63/SECTRANS/2019, mediante la cual se desestimó el recurso de reconsideración
interpuesto por el recurrente, por resultar el acto administrativo impugnado ajustado a
derecho;
Que, con posterioridad, y de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de
impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico
en subsidio contra la mencionada Resolución;
Que el Sr. Medina fue notificado de la Resolución N° 63-SECTRANS-2019, y habiendo
transcurridos los plazos legales establecidos, no ha efectuado presentación alguna a
los efectos de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico que opera en
subsidio al recurso de reconsideración;
Que, en este contexto, y siguiendo el criterio esbozado oportunamente por el órgano
Asesor, no habiéndose aportado nuevos elementos de juicio que permitan conmover el
criterio sustentado en oportunidad de dictarse el acto pertinente, corresponde
desestimar el recurso jerárquico que opera en subsidio al recurso de reconsideración
interpuesto por el Sr. Enrique Roque Medina.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5629 - 31/05/2019

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