Resolución Nº 1511/2012

Fecha de disposición27 Agosto 2012
Fecha de publicación12 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 27/8/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0242668/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto se presentó la Empresa HIDROELECTRICA PIEDRA DEL AGUILA SOCIEDAD ANONIMA (en adelante, HIDROELECTRICA PIEDRA DEL AGUILA S.A.), a fin de solicitar la aprobación de la modificación del objeto social.

Que junto con la presentación se acompaña copia del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de mayo de 2012 y 5 de junio del mismo año, mediante la cual se aprobó ad referéndum de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la citada reforma estatutaria.

Que la Asamblea mencionada resolvió en el Punto 2º del temario la ampliación del objeto social, modificando el mismo y permitiendo: “b) realizar cualquiera de las actividades previstas en la Ley Nº 24.065, y/o de las normas que rijan, en forma complementaria o sustitutiva, dichas actividades al momento en que las mismas se lleven a cabo”.

Que asimismo, el Estatuto menciona que: “La Sociedad podrá realizar todas aquellas actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto social, debiendo sujetar su actuación a los términos y las limitaciones establecidas por las leyes Nº 15.336 y Nº 24.065” y en la modificación se incorporó “y/o por toda otra norma legal, reglamentaria y/o regulatoria vigente en cada momento”.

Que además incorporó el siguiente párrafo: “A esos efectos tendrá plena capacidad jurídica para, en forma directa o indirecta, (ii) fundar, constituir, asociarse con, o participar en, personas jurídicas de todo tipo constituidas en el país siempre que estas personas jurídicas desarrollen exclusivamente cualquiera de las actividades comprendidas en el objeto social de la Sociedad”.

Que, por otra parte, se quitó el siguiente párrafo del Estatuto: “...incluyendo la capacidad para aplicar un porcentaje de sus acreencias por ventas al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA realizadas en cumplimento de su objeto social, para la constitución del FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM) de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 712/2004; Nº 826/2004; Nº 1427/2004 y normas complementarias. A esos efectos, la Sociedad estará autorizada a...

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