Resolución Nº 41/GCABA/SSICI/17

FirmantesLarré
EmisorSUBSECRETARÍA INNOVACIÓN Y CIUDAD INTELIGENTE

VISTO:

DNU 1510/GCABA/1997 (texto consolidado por Ley N°5.666), la Resolución Nro.

30/SSICI/17, y el Expediente Electrónico N°11361454/DGCYTEC/17, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Expediente Electrónico N° 11361454/DGCYTEC/17 tramitó la

creación y convocatoria a la segunda edición del programa "Sinaptec de

Fortalecimiento de UVT/OVTT" que cumple con el objetivo de mejorar la capacidad de

gestión de innovación y potenciar la función de las UVT/OVTT de acompañar la

transferencia tecnológica al tejido productivo y social; fomentando y facilitando la

interacción entre la generación de conocimiento y su aplicación.

Que por un error material involuntario en el Artículo 2° de la Resolución 30/SSICI/2017

se han aprobado los Anexos que se identifican bajo el número de IF 2017-1365239-

DGCYTEC e IF 2017-11365603-DGCYTEC en lugar de los correctos que responden al

número de IF- 2017-15970901-DGCYTEC e IF 2017-15973527-DGCYTEC,

respectivamente.

Que el artículo 120 del DNU N° 1510/GCABA/1997 (texto consolidado por Ley N°

5.666) dispone que "en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente

materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo

sustancial del acto o decisión."

Que atento al error material involuntario incurrido corresponde sustituir el Artículo 2° de

la Resolución 30/SSICI/2017 citando los números de IF correspondientes.

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el Acto Administrativo que rectifica el

error material en que se ha incurrido a efectos de evitar confusiones y lograr una

adecuada prosecución del Programa citado;

Por lo expuesto, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y CIUDAD INTELIGENTE

RESUELVE:

Artículo 1° Rectifíquese el Artículo 2° de la Resolución 30/SSICI/2017, el que

quedará redactado de la siguiente manera, integrando los Anexos que a continuación

se citan como parte de la misma: "Artículo 2°.- Apruébase las Bases y Condiciones

que regirán el presente Programa que se identifican...

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