Resolución Nº 1884/2012

Fecha de disposición09 Noviembre 2012
Fecha de publicación21 Noviembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 9/11/2012

VISTO el Expediente Nº 473-AFSCA/2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un pedido formulado por la ASOCIACION COMUNITARIA COLONIA CHACO del PUEBLO QOM tendiente a obtener autorización para instalar, operar y poner en funcionamiento una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de COLONIA ABORIGEN - MACHAGAI, departamento 25 DE MAYO, de la provincia del CHACO.

Que la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual establece como primordial objetivo la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional, y que es su espíritu administrar el espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas.

Que su artículo 3° inciso ñ) establece como objetivo la preservación y promoción de la identidad y de los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que el artículo 151 de la citada ley dispone que los Pueblos Originarios podrán ser autorizados para la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó al servicio en cuestión, el canal 291, frecuencia 106,1 MHz., categoría “E”, señal distintiva LRR769.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS certifica que la ASOCIACION COMUNITARIA COLONIA CHACO del PUEBLO QOM ubicada en la localidad de COLONIA ABORIGEN, departamento 25 DE MAYO de la provincia del CHACO, tiene registrada su personería jurídica en la Dirección de las Personas Jurídicas de la Provincia de Chaco mediante Decreto Nº 642 de fecha 6 de junio de 1978.

Asimismo, el mencionado INSTITUTO, señala que las comunidades indígenas que inscribieron su personería jurídica en la provincia del Chaco, fueron registradas bajo la forma jurídica de asociaciones civiles.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha emitido el dictamen pertinente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION...

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