Resolución N° 407/MJGGC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 407/MJGGC/21
Buenos Aires, 15 de julio de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos AdministrativosDecreto de Necesidad y Urgencia
N° 1.510/97, las Leyes N° 471 y N° 1.218 (conforme textos consolidados por Ley N°
6.347), las Resoluciones Nros. 1624/MSGC/15, N°816/MSGC/19, N° 1575/MSGC/19,
el Sumario Administrativo N° 1208/15, el Expediente Electrónico N° EX- 2015-
22273455- -MGEYA -P G, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el recurso en subsidio al de Reconsideración
interpuesto por el agente Miguel Angel Corbella (D.N.I. N° 12.919.525 - F.C. N°
340.592) quien se desempeña como Jefe de Sección Cirugía Plástica del Hospital
General de Agudos Juan A. Fernández, contra los términos de la Resolución N°
816/MSGC/19;
Que el Sumario N° 1208/15 fue instruido en virtud del dictado de la Resolución N°
1624/MSGC/15, con el objeto de investigar los hechos y atribuir y/o deslindar
responsabilidades con motivo de las irregularidades denunciadas anónimamente que
refieren a diversas circunstancias que habrían ocurrido en el ámbito del Servicio de
Cirugía Plástica del Hospital General de Agudos “Dr. Juan A. Fernández” y las
prácticas médicas que habría realizado el Dr. Gastón Mendoza, en el ámbito del citado
efector de salud;
Que mediante Resolución N° 816/MSGC/19, y previa instrucción de la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, se sancionó con treinta (30) días de
suspensión al agente Miguel Ángel Corbella por haber sido hallado responsable de los
cargos formulados en autos, consistentes en los siguientes términos: “En su carácter
de Jefe de Sección Cirugía Plástica del Hospital General de Agudos “Juan A.
Fernández”; 1. Haber permitido que el Dr. Gastón Mendoza Figueroa, desempeñe
tareas asistenciales, tanto en quirófanos como en consultorios, de la Sección a su
cargo, durante los años 2014 y 2015, sin que el mencionado profesional revistara en el
carácter de agente del G.C.B.A. ni contara con designación alguna que avale dicha
situación. 2. Haber permitido que el Dr. Gastón Mendoza Figueroa, participe de las
intervenciones quirúrgicas realizadas a los pacientes: D.A. (7/4/14 y 16/6/14), B.R.O.
(17/12/14), G.L. (2/6/14), R.C. (1/12/14) y M.J. (13/4/15), sin que el mencionado
profesional revistara en carácter de agente del GCBA ni contara con designación
alguna que avale dicha situación. 3. Haber permitido que el Dr. Gastón Mendoza
Figueroa sea incluido en el listado de intervenciones quirúrgicas programadas
correspondiente al año 2014, sin que el mencionado profesional revistara en el
carácter de agente del GCBA ni contara con designación que avale dicha situación”,
por haber infringido las obligaciones impuestas en los términos de los inc. d), e), h) e i)
del Artículo 12 del Convenio Colectivo de Trabajo suscripto entre el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales y la Federación de
Profesionales de la Salud, instrumentado por Resolución N° 58-MHGC-11, quedando
aprehendida su conducta en las previsiones establecidas en el artículo 73, inc. c) del
mismo plexo normativo;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6175 - 20/07/2021

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