Resolución Nº 1191/2012

Fecha de disposición16 Agosto 2012
Fecha de publicación09 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 16/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.489.626/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 7/9 del Expediente Nº 1.489.626/12, celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDyC) por el sector sindical, con la CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES y la CONFEDERACION NACIONAL DE MUTUALIDADES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector empleador, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente Acuerdo las partes sustancialmente pactan incrementar los salarios de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 496/07.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 496/07 ha sido suscripto por los agentes negociales signatarios del presente y por la entidad empresaria el MUTUALISMO ARGENTINO CONFEDERADO.

Que corresponde aclarar que la entidad precitada, pese haber sido debidamente notificada según surge de fojas 21 a los fines de su conocimiento y cumplimiento en los términos de lo indicado a fojas 17/19, ha guardado silencio.

Que en relación con lo antedicho, cabe indicar que resulta de aplicación al presente, lo normado por el artículo 5° de la Ley Nº 23.546.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con el alcance de representación de las entidades empresarias signatarias y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se ha acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado, en el Expediente Nº 1.367.066/10.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope...

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