Resolución N° 4/SSGU/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición19 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 4/SSGU/21
Buenos Aires, 12 de mayo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
(Decreto Nº 1510/97), El Código de la Edificación (Ley N° 962), la Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004, los Decretos Nº 138/21, Nº151/2021, el Expediente
Electrónico EX-2018-14557202-MG EYA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico EX-2018-14557202-
MGEYA -DGROC, se presentó documentación para registrar “Conforme a obras con
Obras ejecutadas sin permiso reglamentarias y no reglamentarias” en el inmueble sito
en la calle Teodoro Vilardebo N° 2200 esquina Lascano N° 3506 UF N° 2, de esta
Ciudad (Nomenclatura Catastral: Circ 15 Secc. 81 Manz. 121B Parc. 11);
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 28,92 m 2 , de los cuales
22,94 m 2 fueron llevados a cabo en forma reglamentarias (P. Baja: Proyección
balcones; Piso: 1° balcones; Piso 2°: depósito, sector quincho y balcón); en tanto que
5,98 m 2 fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (Piso 1°: baño; Piso 2°:
lavadero), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes
que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 18 (PLANO-2018-14556830-
DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 51
(PLANO-2019-27641731-GCABA-DGROC), con destino “Vivienda Multifamiliar”;
Que obra s/Nº de Orden 7 (RE-2018-14557143-DGROC) la Memoria e Informe
Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene
en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; según consta en Nº de Orden 40 (DOCPE-2019-23811812-GCABA-DGROC),
autorizándose conforme el instrumento adjunto al Nº de Orden 45 (IF-2019-25182716-
GCABA-DGROC);
Que según Nº de orden 58 (IF-2020-17014056-GCABA-DGROC) la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, detectó una diferencia en los
Derechos de Delineación y Construcción abonados y emitió boleta; según Nº de orden
68 (IF-2020-23321406-GCABA-DGROC) el profesional actuante agregó comprobante
de pago de la misma;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2021-07938222-GCABA-DGROC (n° de orden 83) expresó: “La superficie no
reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren
permiso de obra” y 4.6.3.2 “Áreas y lados mínimos de las cocinas, espacios para
cocinar, baños, retretes, lavaderos y secaderos" ambos del Código de la Edificación,
según surge de Nº de Orden 73 (IF-2020-28653776- GCABA-DGROC); observándose
que la misma encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención”
del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y
Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004.”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6174 - 19/07/2021

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