Resolución Nº 259/12

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución Nº 259/12.

La Plata, 1º de agosto de 2012.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley Nº 11.769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, el contrato de concesión suscripto, lo actuado en el expediente Nº 2429- 2423/2012, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de noviembre de 2011, OCEBA emitió la Nota Nº 3.049/11, suscripta por el señor Presidente del Directorio, con el propósito de dar respuesta a un pedido de informe solicitado por el señor Intendente Municipal del Partido de Zárate, relativo al comportamiento de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate, respecto de las obligaciones emanadas del Marco Regulatorio Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nº 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, Contrato de Concesión suscripto y todo el plexo normativo que lo conforma (fs 7/9); Que los contenidos expresados en la referida nota revelan una situación objetiva de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate, con fundamento en diferentes actuaciones debidamente sustanciadas en OCEBA, en el marco del debido proceso y del principio de legalidad;

Que por la referida Nota Nº 3049/11, la citada Cooperativa presentó un recurso administrativo, obrante a fojas 8/15 del expediente 2429-879/11, caratulado: “INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE SOLICITUD INFORMES SOBRE COOPERATIVA DE ELECTRI- CIDAD DE ZÁRATE”; con nueva presentación a foja 18, de la citada actuación, especificando en la misma sobre el dictado de una resolución de certeza sobre “inexistencia de acto administrativo” y “validez y efectos jurídicos” de la Nota Nº 3.049/11;

Que ante esta última presentación, a través de la Gerencia de Procesos Regulatorios, se elaboró un informe, por el cual se determinó la naturaleza jurídica de la Nota OCEBA Nº 3.049/11, en el sentido de que existió una “…comunicación de bilateralidad interorgánica, donde se transmiten cuestiones atinentes al servicio público, sobre expedientes concretos manejados por OCEBA en el ámbito de su competencia y a través del debido proceso…”; Que tal calificación obtuvo la aprobación de este Directorio, en su reunión ordinaria del día 13 de junio de 2012, Acta Nº 725;

Que conocidos los términos del informe de la Gerencia de Procesos...

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