Resolución Nº 396/GCABA/MAYEPGC/15
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 17 de Marzo de 2015 |
VISTO:
el Expediente N° 2205098/12, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita el Recurso de Reconsideración
interpuesto en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, por la firma TRANSPORTES OLIVOS
S.A.C.I.F. - ASHIRA S.A. - U.T.E. (URBASUR), contra los términos de la Resolución
N° 1057-MAYEPGC/12;
Que mediante la citada Resolución se rechazó el recurso jerárquico incoado por la
prestataria contra la Disposición N° 369-DGLIM/11, por la cual se le aplicó una multa
por los incumplimientos detallados en el Informe de Penalidades N° 99/11 Zona Tres,
por la falta tipificada en el artículo 59 FALTAS LEVES, apartado 14° -y agravante del
art. 60- del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e
Internacional N° 06/2003, aplicable al servicio de Barrido y Limpieza de Calles;
Que la citada Disposición fue notificada a la contratista el día 24 de agosto de 2011;
Que con fecha 7 de septiembre de 2011, la interesada presentó, en legal tiempo y
forma, el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contemplado en los
artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que por la Disposición N° 413-DGLIM/11, se desestimó el recurso impetrado por la
recurrente, el cual fue notificado a la recurrente el día 21 de septiembre de 2011;
Que con fecha 11 de octubre del 2011, la interesada fue notificada de su posibilidad de
mejorar o ampliar los fundamentos del Recurso Jerárquico incoado en subsidio del de
Reconsideración, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en este marco se dictó la Resolución N° 1057-MAYEPGC/12, desestimando el
Recurso de Jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la firma
TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F. - ASHIRA S.A. - U.T.E. (URBASUR), la cual fue
notificada a la recurrente el día 1° de octubre del 2012;
Que posteriormente, con fecha 12 de octubre de 2012, la recurrente interpuso Recurso
de Reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en su presentación recursiva la contratista reitera los argumentos vertidos en sus
presentaciones anteriores...
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