Resolución N° 396 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Diciembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 249
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 9º PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2022 la fecha tope
del período establecido en el primer párrafo del?artículo 6°?del Decreto N°
976/2021.
Artículo 10º PRORROGAR hasta el período Abril de 2022 inclusive,
el benecio de exención dispuesto por el tercer párrafo del artículo 6° del
Decreto N°?976/2021 para los contribuyentes del régimen simplicado del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos -artículos 250 y siguientes del Código
Tributario Provincial?(Ley N°?6006, T.O. 2021)-.
Artículo 11º FACULTAR a la Dirección General de Rentas a dictar las
normas complementarias que considere necesarias para la aplicación de
lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 12º PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO DIGITALMENTE.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 73 - Letra:D
Córdoba, 30 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0473-081072/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 217/20, el Poder Ejecutivo Provincial es-
tableció la exención, hasta el 30 de junio de 2020, del pago del Impuesto
de Sellos a los actos, contratos y/o instrumentos celebrados en la Provin-
cia de Córdoba, que se encuentren destinados o afectados al desarrollo,
cumplimiento y ejecución de los distintos programas, acciones y/o medidas
que instrumente el Poder Ejecutivo, en el marco de la emergencia sanitaria
establecida por Ley N° 10.690 y demás normativa complementaria.
Que por el Decreto Provincial N° 252/20, se dispuso, hasta el 30 de
Junio de 2020, una exención tributaria en el Impuesto de Sellos a los ac-
tos, contratos y/o instrumentos que realicen las instituciones nancieras
comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modicatorias, en la Provincia
de Córdoba, con motivo del otorgamiento, renovación, cancelación y re-
nanciación de préstamos destinados -con nes especícos- a empresas
“MiPymes” (micro, pequeñas y medianas empresas), en el marco de las
consideraciones y/o limitaciones que en dicho Decreto se establecieron.
Que, a través de los citados instrumentos legales, se facultó al Ministe-
rio de Finanzas a prorrogar la fecha límite de vigencia de las disposiciones
establecidas en los mismos.
Que conforme lo dispuesto en la Resolución N° 43D/2021 de este Mi-
nisterio, la fecha referida en los párrafos precedentes, se encuentra prorro-
gada hasta el 30 de noviembre de 2021.
Que más allá de las recientes medidas de exibilización sanitaria
adoptadas por el Estado Nacional, las cuales tienen una incidencia directa
en el desarrollo de actividades económicas en el contexto de pandemia por
COVID-19, se estima que, a la fecha de la presente Resolución, subsisten
las consecuencias de los impactos negativos que la pandemia generó en
la economía en general y, en particular, en los distintos sectores o agentes
económicos.
Que, en tal sentido, y como una medida más adoptada por esta Ad-
ministración Tributaria Provincial tendiente a coadyuvar con los contribu-
yentes que enfrentan los referidos efectos negativos, resulta conveniente
prorrogar hasta el 30 de Abril del 2022, la vigencia de las exenciones en el
Impuesto de Sellos establecidas por los Decretos N° 217/2020 y 252/2020.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Unidad
de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 41/2021 y de acuerdo con lo dictami-
nado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 602/2021,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1º PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2022, la fecha límite
de vigencia de las disposiciones contenidas en los Decretos N° 217/2020 y
N° 252/2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de ambos
Decretos.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO DIGITALMENTE.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 396
Córdoba, 24 de noviembre de 2021
Expediente Nº 0045-023006/2021/A5.-
VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de
los Fondos de Reparo de la obra: “PAVIMENTACIÓN ACCESO A SILVIO
PELLICO – RUTA PROVINCIAL Nº S-336 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL
Nº 2 – SILVIO PELLICO – DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTIN –
PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
ción, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la exis-

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