Resolución Nº 740/2012

Fecha de disposición24 Mayo 2012
Fecha de publicación29 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 24/5/2012

VISTO el Expediente Nº 918.231/92 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 785/786 de las actuaciones citadas en el Visto, obra el Acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) con la Empresa SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes pactan que la empresa signataria abonará con carácter excepcional, una gratificación extraordinaria del pago único al personal dependiente, representado por la asociación sindical firmante, con el alcance y las modalidades que surgen del instrumento acompañado.

Que a foja 787 ha sido ratificado el contenido y firmas del acuerdo acompañado, como asimismo se ha cumplimentado el recaudo que establece el Artículo 17 de la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que es menester indicar que tanto el ámbito territorial como el personal del Acuerdo en cuestión, se corresponde estrictamente con la actividad de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentran acreditados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) con la Empresa SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL por la parte empleadora, obrante a fojas 785/786 del Expediente Nº 918.231/92, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la...

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