RESOLUCIÓN N° 3955
Número de registro | 29525 |
Fecha | 02 Octubre 2019 |
Emisor | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO |
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
20 SEP 2019
VISTO:
El Expte. Nº 15201-0084988-4 y su agregado Nº 15201-0189690-0 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que el expediente de referencia se relaciona con la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA N° 35 - CORTADA 35 BIS N° 588 - (2D) - N° DE CUENTA 0026 – 0011 -6 - PLAN N° 0026 - 69 VIVIENDAS - B° “REYES” - SAN JUSTO - (Dpto. San Justo), cuyos titulares son los señores Galvan, Leonor y Pérez, Juan Carlos, según Boleto de Compra-Venta de fs. 17;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 105846 (fs. 29) manifiesta que según surge de la planilla-resumen de fs. 26, ambos titulares han fallecido y habita la vivienda el grupo familiar de la señora GERVASONI, Mirta Nancy, informando el Area Comercial que la emisión ha concluido pero que se registra una abultada deuda;
Que si bien los fallecimientos no están acreditados, con la deuda y al estar la vivienda habitada por terceros, considera que se ha configurado el abandono por parte de los adjudicatarios, pudiendo obviar la intimación previa y proceder al dictado de la resolución de desadjudicación por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, con la consecuente rescisión del boleto, autorizando al lanzamiento por el procedimiento de la Ley N° 21.581 a la que se adhiere la Provincia por Ley N° 11.102. Se notificará al domicilio contractual y por edictos y se aguardarán los plazos legales;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA Nº 35 - CORTADA 35 BIS N° 588 - (2D) – Nº DE CUENTA 0026-0011-6 - PLAN N° 0026 - 69 VIVIENDAS - B° “REYES” - SAN JUSTO - (Dpto. San Justo) a los señores GALVAN, Leonor (D.N.I. N° 06.453.537) y PÉREZ, Juan Carlos (D.N.I. N° 06.347.214), por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 1821/84.
ARTICULO 2°: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para...
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