Resolución N° 3951/SSGRH/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 3951/SSGRH/21
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2021
VISTO: Los Decretos N° 547/16, N° 53/20 y N° 27/21, la Resolución N° 3620-
MHGC/16, el Expediente N° 29046461-GCABA- DGCLAP/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 547/16, modificado por sus similares Decreto N° 53/20 y
N° 27/21, se creó un régimen de retiro voluntario para aquellos/as agentes de planta
permanente comprendidos en la Ley N° 471, que se encuentren próximos/as o en
condiciones de obtener cualquier beneficio jubilatorio;
Que los/as agentes mencionados/as en este acto administrativo adhirieron en tiempo y
forma al referido régimen reuniendo las condiciones establecidas en el artículo 3º,
inciso a), b) o c) -según el caso- del citado decreto;
Que, entre las causales de extinción de la relación de empleo público, se encuentra el
retiro voluntario o jubilación anticipada, conforme lo dispuesto por el artículo 73, inciso
d) de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que, en consecuencia, corresponde cesar a partir del 30 de septiembre de 2021 a
los/as agentes referidos/as en el IF N° 29217120-GCABA-DGCLAP/21 y concederles
el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 547/16, conforme lo establecido
en el artículo 11 del referido cuerpo legal;
Por ello, conforme a las facultades conferidas por el artículo 26 de la Resolución N°
3620-MHGC-16,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Cesen en sus tareas a partir del 30 de septiembre de 2021 los/as agentes
nombrados/as en el Anexo (IF N° 29217120-GCABA-DGCLAP/21) que a todos sus
efectos forma parte de esta resolución, conforme el marco del artículo 73, inciso d) de
la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347).
Artículo 2°.- Otórguese al personal mencionado en el Anexo (IF N° 29217120-GCABA-
DGCLAP/21), el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 547/16, en la
cantidad de cuotas mensuales y consecutivas que para cada caso se indica y, de
corresponder, el reintegro del monto de la cuota del plan de regularización de deuda
previsional como trabajador/ra autónomo/a, conforme lo dispuesto en los artículos 12,
13, 14 y 15 de la Resolución N° 3620-MHGC/2016.
Artículo 3°.- La Gerencia Operativa Administración del Escalafón General y de los
Regímenes de Seguridad dependiente de la Dirección General de Administración y
Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto
en los artículos 1° y 2° de la presente resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes y a la Gerencia Operativa de Asuntos
Previsionales, dependiente de la Dirección General Concursos, Legales y Asuntos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6233 - 12/10/2021

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