Resolución N° 395/MJGGC/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 395/MJGGC/18
Buenos Aires, 19 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095
(texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario N°326/17, el Decreto
363/15 y su modificatorio N° 329/17, las Resoluciones N° 516/MJGGC/2016 y
451/MJGGC/17, el Expediente Electrónico N° 19687478-MGEYA-SECDES/16 y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la Adenda al
Contrato de Locación Administrativa del inmueble sito en la calle BACACAY N° 3968
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Inscripto en la Matrícula Nº FR 1- 73.201 del
Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1; Sección: 77; Manzana: 91; Parcela: 6, con
destino al funcionamiento de la Administración centralizada y descentralizada:
Comuna N°10 y Unidad de Atención Ciudadana N° 10 -UAC Floresta-, dependientes
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 516/MJGGC/2016, se autorizó oportunamente la
contratación directa para la Locación Administrativa del inmueble mencionado, por el
plazo de treinta y seis (36) meses contados a partir del día 1° de septiembre de 2016,
venciendo por consiguiente el día 31 de agosto de 2019, ambos días inclusive y se
aprobó el pertinente modelo de contrato;
Que habiendo sido suscripto el contrato de locación administrativa por el titular de la
entonces Secretaria de Descentralización, el mismo fue registrado por la Dirección
General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica bajo el número RL-2017-
1848059-DGEGRAL;
Que conforme surge de la cláusula tercera del mencionado contrato, se acordó el
canon de locación mensual para el primer año de contratación, conviniendo que para
los posteriores periodos "EL LOCATARIO“ solicitará la tasación pertinente a la
Gerencia de Pignoraticios y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires, a efectos de
consensuar con “EL LOCADOR“ un nuevo valor locativo mensual;
Que, mediante Resolución N° 451/MJGGC/17, se autorizó la Adenda al Contrato de
Locación Administrativa del inmueble referido, por la que se convino que para el
segundo periodo del contrato, comprendido desde el 1° de septiembre de 2017 al 31
de agosto de 2018, ambos días inclusive, el valor del canon mensual locativo sería de
PESOS CIENTO OCHO MIL CON 00/100 (108.000,00.-);
Que habiendo transcurrido el segundo periodo del citado contrato de alquiler, la
Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, en carácter de "LOCATARIO", manifestó
que resulta necesario acordar el canon locativo para el tercer año de locación, por el
plazo comprendido entre el 1° de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019,
ambos días inclusive;
Que solicitada la pertinente tasación al Banco Ciudad de Buenos Aires, sugirió como
canon locativo mensual, un importe de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL
CON 00/100 ($156.000,00.-);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5485 - 25/10/2018

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