Resolución N° 39-MDUYTGC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 39/MDUYTGC/18
Buenos Aires, 16 de enero de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), la Ley N° 5460 (Texto
Consolidado por Ley N° 5666), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (Texto
Consolidado por Ley N° 5666), los Decretos N° 359/GCABA/2015, N°
363/GCABA/2015 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 215/MMGC/2014 y
558/MDUYTGC/2016, el Expediente Electrónico Nº 18991465- MGEYA-DGALP/2016
y sus Expedientes agregados en tramitación conjunta (Expedientes Electrónicos N°
20123532/MGEYA-DGTALMDUYT/2015, N° 14202219/MGEYA-DGTALMDUYT/2016
y N° 19487971/MGEYA-DGALP/2016), y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 20123532-MGEYA-DGTALMDUYT/2015, tramitó la
presentación del Telegrama Colacionado de fecha 22 de julio de 2015, en virtud del
cual el agente Diego Hernán Ferrari, CUIL Nº 20-25847337-0, de la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal, del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, expresó
"renuncio al empleo desde el 10/07/2015";
Que mediante IF-2016-12788038-DGALP, la Dirección General de Asuntos Laborales
y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
aconsejó la continuación del trámite de cesantía del agente en cuestión bajo la causal
prevista en el inciso b) art. 53 de la Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 5666)
que dispone que es causal de cesantía "las inasistencias injustificadas que excedan
los 15 días en el lapso de los 12 meses inmediatos anteriores...";
Que asimismo, manifestó que para dicho trámite de cesantía debía aplicarse el
procedimiento normado por la Resolución N° 215/MMGC/2014;
Que por E.E. N° 14202219-MGEYA-DGTALMDUYT/2016 tramitó la cesantía del
agente a partir del día 10 de julio de 2015, bajo el procedimiento dispuesto por la
Resolución N° 215/MMGC/2014;
Que la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, al tomar intervención
en el E.E. N° 14202219-DGTALMDUYT- 2016, elaboró un Proyecto de Resolución
mediante el cual se aceptaba la renuncia del citado agente, en vez de disponer su
cesantía;
Que dicho Proyecto quedó formalizado a través de la Resolución N°
558/MDUYTGC/2016 de fecha 12 de agosto de 2016, que dispuso aceptar su renuncia
a partir del día 10 de julio de 2015;
Que la Resolución mencionada ha sido notificada al agente, el día 5 de septiembre de
2016 por Carta Documento, conforme constancia de aviso de entrega de Correo
Argentino obrante en el Expediente N° 142202219-MGEYADGTALMDUYTGC/2016;
Que en ese orden cabe agregar que por los presentes actuados, tramitó el Telegrama
Ley N° 23789-TCL 090596699 de fecha 22 de julio de 2016, remitido por el
mencionado agente a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales,
mediante el cual rechaza los términos de la Carta Documento que le fuera enviada por
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5299 - 22/01/2018

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