Resolución N° 39-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 39/AGC/18
Buenos Aires, 16 de enero de 2018
VISTO:
La Ordenanza N° 34.421/1978 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/1997 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el
Expediente Electrónico N° 16171346-MGEYA-AGC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el procedimiento por
obras en contravención en el inmueble sito en la calle Chacabuco N° 551/553, planta
baja, unidad funcional N° 1 de esta Ciudad;
Que mediante la Disposición N° 1669-DGFYCO/17 de fecha 13 de Julio de 2017 la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras intimó al propietario del
inmueble a regularizar la situación de la finca en un plazo de treinta (30) días, de
conformidad y bajo apercibimiento de lo establecido por los artículos 6.3.1.2 y 2.2.5.2
del Código de Edificación, notificando al administrado el 19 de Julio de 2017;
Que el 31 de Julio de 2017 mediante IF-2017-17342095-AGC el Sr. Arce Fernando M.
-en carácter de apoderado de la firma MBG Comercial S.R.L.- interpuso Recurso de
Reconsideración;
Que por Disposición Nº 2273-DGFYCO/17 de fecha 25 de Septiembre de 2017 la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras rechazó el recurso interpuesto,
siendo dicho acto administrativo notificado el 29 de Septiembre de 2017;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración, en los términos previstos por el Artículo 111
y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97;
Que el recurrente no ha presentado elementos o argumentaciones que determinen la
adopción de un temperamento distinto respecto de los ya obrantes en estos actuados
al momento de dictarse la Disposición Nº 1669-DGHP/2017, por lo que los agravios
consignados no presentan elementos investidos de entidad suficiente para cambiar el
criterio adoptado por la Administración Activa al momento de dictar el acto actualmente
en crisis;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el Artículo 115 de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018-00963144-DGAIP de fecha 03 de Enero de 2018, opinando que "corresponde
desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del recurso de
reconsideración incoado contra la Disposición Nº 2017-1669-DGFYCO, de fecha 13 de
Julio de 2017";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el Artículo 11 inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5299 - 22/01/2018

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