Resolución Nº 39/2016

EmisorAdm. Prov. del Fondo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016

RESOLUCIÓN Nº 39/2016

Mendoza, 19 de septiembre de 2016

Asunto: Derogación Resoluciones Nº 2/2010, 53/2010 y 101/2011 de esta Administradora. Aprobación Nuevo Organigrama Funcional de la Administradora Provincial del Fondo.

Visto: Los Expedientes 465-F-2010 y 1483-F-2011;

Las Resoluciones de esta Administradora N° 02/2010, 53/2010, 101/2011, 49/2014 y 22/2015 en las que se aprueba el Organigrama de la Administradora Provincial del Fondo,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 2/2010 de esta Administradora se aprobó el organigrama funcional de la Administradora adaptando la estructura organizacional a los procedimientos y operatorias vigentes en dicha oportunidad;

Que a través de las Resoluciones Nº 53/2010, 101/2011, 49/2014 y 22/2015 se introdujeron modificaciones a la Resolución Nº 2/2010 a los fines de adaptar el organigrama y las funciones de los sectores de la institución a las necesidades de ésta.

Que las nuevas autoridades de la Administradora estiman que resulta necesario introducir modificaciones al organigrama y al manual de funciones de aquella en función de las nuevas directrices que desean imprimirle al ente. En virtud de ello, Auditoría Interna llevó a cabo un exhaustivo relevamiento de la situación interna de la organización, lo que dio como resultado el diseño de un nuevo organigrama y la confección de un nuevo manual de funciones.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en los incisos i) y j) del Artículo 10° la Ley Nº 6071 y modificatorias, en concordancia con el marco normativo establecido en el artículo 4º del Reglamento Interno aprobado por la Resolución Nº 13/1996 de la Administradora Provincial del Fondo.

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Deróguense las Resoluciones N° 2/2010, 53/2010, 101/2011, 49/2014 y 22/2015 de la Administradora Provincial del Fondo.

Artículo 2º

Apruébese el organigrama funcional de la Administradora Provincial del Fondo, que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3º

Asígnense las siguientes funciones al Director Ejecutivo:

a)

Ejercer la administración de la Administradora Provincial del Fondo con los alcances establecidos en la Ley Provincial Nº 6.071(TO) y cc.

b)

Ejercer la representación legal de la Administradora Provincial del Fondo en todas las contrataciones derivadas de la aplicación del punto anterior.

c)

Ejercer las acciones útiles para cobrar los créditos otorgados por si o como mandatario y/ o fiduciario, así como instruir a Asesoría Letrada y/o a terceros para realizar las gestiones prejudiciales, judiciales y extrajudiciales que correspondan.

d)

Coordinar todas las tareas necesarias para la adecuada difusión del funcionamiento de la Administradora, organizando conferencias y/o dándolo a conocer a través de los medios de comunicación.

e)

Aprobar la ejecución mensual de gastos en función del presupuesto vigente debidamente aprobado de acuerdo a lo establecido en la Ley 6071(TO) y cc.

f)

Informar de la gestión realizada por la Administradora a las autoridades que lo soliciten, en el marco de la Ley Nº 6071(TO) y cc.

g)

Mantener un fluido contacto con los restantes organismos provinciales y municipales a efectos de brindarles información e informarse de las novedades que se presenten.

h)

Organizar las reuniones de la Administradora y proponer el orden del día

i)

Asesorar en materia financiera a los requerimientos de la Administradora y del Gobierno Provincial.

j)

Coordinar los convenios suscriptos o a suscribir con los organismos centralizados o descentralizados del Gobierno Nacional y Provincial.

k)

Mantener relaciones con Municipios, Organizaciones Gubernamentales, Fundaciones, Universidades, Cámaras Empresarias u otras organizaciones relacionadas con el desarrollo y crecimiento económico de la Provincia, a fin de coordinar la atención integral de los potenciales inversores.

l)

Diseñar la política de difusión y comunicación de los diversos productos que ofrece la Administradora.

m)

Diseñar la política de recursos humanos de la Institución

n)

Las que determine esta Administradora.

Artículo 4º

Fíjase la remuneración del cargo de Director Ejecutivo de la Administradora Provincial del Fondo en una suma equivalente a la de la asignación correspondiente al cargo de Ministro del Órgano Ejecutivo Provincial.

Artículo 5º

Asígnense las siguientes funciones a la Subdirección de Desarrollo, las que serán ejercidas, de acuerdo a sus respectivas responsabilidades, por el Subdirector de Desarrollo, Jefes de Departamentos y de División de las Áreas dependientes, Oficiales de Crédito y/o demás profesionales dependientes de la Subdirección:

a)

Proponer al Director Ejecutivo las personas para integrar el grupo de trabajo para la ejecución de las tareas inherentes a la Subdirección de Desarrollo y coordinar la ejecución de las mismas, proponiendo la creación de Jefaturas o Divisiones que resulten necesarias para el desarrollo de la función desempeñada por el sector a su cargo.

b)

Poner a consideración

del Director Ejecutivo los modelos de Contratos de Mutuo e instrumentos de garantía a utilizarse en...

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