Resolucion Nº Pm 106

EmisorJunta Disciplina Mrio. de Seguridad
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2012

RESOLUCION Nº PM 106

Mendoza, 6 de marzo de 2012

Y vistos El Sumario Administrativo Nº 934-I-09-00107 caratulados “Inspección General de Seguridad. I.G.S. Investiga Situación Acaecida con Aux. PP. Dominguez Gustavo por Irregularidad en Serv. Extraordinario”, incoado al Oficial Auxiliar PP. Gustavo Ariel Dominguez, en averiguación infracción al art. 100 inc. 1) en función con el art. 8 primera parte, art. 43 inc. 3) y 4), art. 100 inc. 2), art. 44 de la Ley 6722/99 y su modificatoria Ley 7067/02,

CONSIDERANDO:

Que estas actuaciones administrativas tienen su inicio al recibirse en la Inspección General de Seguridad un informe remitido por el Sr. Director del REPRIV, José Pereyra, dando cuenta que al realizar una inspección de control en la concesionaria Ford Meschini, se observa que hay dos vigiladores, uno con uniforme de la empresa E!LARTE y otro con un uniforme similar al de la Policía de Mendoza, este último resulta ser el Oficial Auxiliar PP. Gustavo Ariel Dominguez, quien no se encuentra registrado ni habilitado por el REPRIV y además se encuentra en situación de revista pasiva.

Es decir que el Oficial Auxiliar PP. Gustavo Ariel Dominguez, habría desarrollado una actividad sin tener la habilitación correspondiente e incompatible con la función policial y además prestar servicios extraordinarios encontrándose en situación de revista pasiva.

A fs. 24 el Directorio de la Inspección General de Seguridad, previo dictamen legal de Asesoría Letrada, dicta Resolución Nº 11/10 que dispone la instrucción de formal de sumario administrativo.

A fs. 2/3 obra el informe y acta de inspección realizado en la concesionaria Ford Meschini, por autoridades del REPRIV.

A fs. 9/18 y 39/48 se adjunta legajo completo del Oficial Auxiliar PP. Gustavo Ariel Dominguez Vega.

Se procede a citar al imputado y como consecuencia de existir dudas con respecto a la notificación y citación para prestar declaración indagatoria y ofrecer pruebas de descargo, se ordena que la misma se efectúe a través de publicación edictal en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, la cual se realiza y se agregan las constancias a fs. 65.

A fs. 70/71 obra clausura del sumario administrativo por parte del instructor sumariante de la Inspección General de Seguridad, quien manifiesta, conforme a las pruebas receptadas, que ha quedado demostrada la falta administrativa atribuida al imputado, sugiriendo en consecuencia la sanción de sesenta días de suspensión para el efectivo policial...

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