Resolución Nº 226/07

La Plata, 25 de abril de. 2007.

POR 1 DIA - VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, lo actuado en el expediente Nº 2429-3315/2001, alcance Nº 6/2005, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones indicadas en el Visto, este Organismo de Control ha solicitado a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CORONEL DORREGO LIMITADA, toda la información correspondiente al semestre comprendido entre los meses de abril y septiembre de 2005, de la denominada Etapa de Régimen, respecto de la eventual penalización que pudiera corresponder por apartamientos a los límites admisibles de Calidad de Producto y Servicio Técnico;

Que la Cooperativa remitió las diferentes constancias con los resultados del semestre en cuestión (fs.1, 8/15, 17/22, 24/32, 34/37, 39/47, 52/58, 60/84);

Que sobre dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo por el auditor, obrante a fs 85/93, el Área Control de Calidad Técnica de la Gerencia Control de Concesiones concluyó que "...surgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los parámetros de calidad establecidos en el contrato de concesión correspondiente. A tal efecto, a continuación se detallan los montos totales de las penalizaciones a los que se ha arribado en esta instancia para el semestre analizado: 1) Total de Calidad de Producto Técnico: $ 0,60; 2) Total de Calidad de Servicio Técnico: $ 613,03; Total Penalización Apartamientos: $ 613,63..." (fs. 94);

Que, vale advertir que el monto arribado, derivado de lo verificado por la auditoría...

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