Resolución N° 3887/MEDGC/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición17 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 3887/MEDGC/21
Buenos Aires, 26 de noviembre de 2021
VISTO: Los Decretos N° 1.717/05, 284/09 y 75/19, el Expediente Electrónico N°
35403687-GCABA- SSAALV/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.717/05 se aprobó el reglamento de Becas destinadas a
estudiantes de la Carrera de Enfermería Profesional de la Escuela Superior de
Enfermería “Cecilia Grierson”;
Que el Decreto N° 284/09 estableció que el monto de la beca será equivalente al
haber mensual que percibe un enfermero perteneciente al Agrupamiento Técnico
Tramo A Nivel 3 del Escalafón General para el personal de la Planta Permanente de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que posteriormente, el Decreto N° 75/19 adecuó lo establecido en el Decreto N°
284/09 a las grillas salariales por Agrupamiento del Nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa, decretando que a partir 1° de enero de 2019, el monto anual
de cada una de las becas destinadas a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la
Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, será el equivalente al haber mensual
que percibe un enfermero correspondiente al Agrupamiento Actividades de Asistencia
a la Salud y Apoyo Social, Tramo Inicial, Grado 7, Categoría Técnica del personal de
planta permanente incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 y modificatoria;
Que conforme lo informado por la Dirección General de Administración y Liquidación
de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante Nota N° NO-2021-
03756964-GCABA-DGALH, el haber mensual que percibe un enfermero
correspondiente a la carrera de enfermería del Tramo Inicial, Grado 7, Categoría
Técnica y especialidades técnicas y profesionales de salud, asciende a la suma de
pesos cincuenta mil setecientos diecisiete con 95/100 ($ 50.717,95);
Que en consecuencia, de acuerdo a lo informado (IF-2021-35407304-GCABA-
SSAALV) para el año en curso el importe de la beca asciende a pesos cincuenta mil
setecientos diecisiete con 95/100 ($ 50.717,95), que se abonan en dos (2) cuotas de
pesos veinticinco mil trescientos cincuenta y ocho con 97/100 ($ 25.358,97) cada una;
Que la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida informó que, para
el presente ciclo lectivo y en razón de la emergencia sanitaria nacional y las medidas
decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional, resultó necesario adecuar el
procedimiento de inscripción al beneficio, el cual se realizó de forma virtual en su
totalidad;
Que por otra parte, comunica que la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson
avaló y dio cuenta de que los estudiantes mencionados en el Anexo (IF-2021-
35406071-GCABA-SSAALV), continúan cumpliendo con los requisitos exigidos el
Decreto N° 1.717/05 para percibir el beneficio;
Que además se destaca que en este contexto extraordinario y atento la esencialidad
del servicio, la Escuela de Enfermería garantizó la continuidad de las actividades
administrativas y pedagógicas mediante distintas vías, procurando que sus estudiantes
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6298 - 17/01/2022

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