Resolución Nº 3862/GCABA/MEGC/17
Firmantes | Acuña |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
VISTO:
La Ley 13.064, el Decreto N° 1254/GCABA/08, Decreto N° 203/GCBA/2016,
Resolución N°
1888/MEGC/2016, los Expedientes Electrónicos N°
4545884/DGAMANT/2015, N° 15527234/DGCLEI/2017, N° 15296979/DGCLEI/2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1888/MEGC/2016, de fecha 18/05/2016, se adjudicó a
PLANOBRA S.A., en el marco de la Licitación Pública N° 290-SIGAF-2016 (22-15), las
tareas de mantenimiento integral en varios edificios escolares pertenecientes a la
Comuna 2° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del
Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que con fecha 1/06/2016 se firmó el pertinente contrato y orden de comienzode los
trabajos encomendados;
Que tal como luce en el RE-2017-15316718-DGCLEI del EE. N° 2017-15296979-
DGCLEI, se presenta la firma PLANOBRA S.A., solicitando a esta administración la
autorización previa y expresa para la cesión del contrato de conformidad con lo
establecido en la cláusula 1.5.6 del Pliego de Condiciones Generales de la
mencionada Licitación y el art. 23 de la Ley de Obra Pública;
Que, la firma MIG S.A. acepta, sujeto a nuestra aprobación, la cesión de la Licitación
Pública N° 290-SIGAF-2016 (22-15) EE. N° 2015-4545884-DGAM con el objeto de
realizar las tareas de mantenimiento integral en varios edificios escolares
pertenecientes a la Comuna 2° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados
en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que La Ley de Obra Pública respecto de la cesión del contrato regula en su Art. 23
que "Firmado el contrato, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, en todo o en
parte, a otra persona o entidad, niasociarse para su cumplimiento, sin autorización y
aprobación de autoridad competente". En el mismo sentido el PCG en el punto 1.5.6.
dice que "El contrato no podrá ser transferido, total ni parcialmente, salvo previa
conformidad debidamente formalizada del Gobierno, el que podrá denegarla sin
necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue
ningún tipo de derecho al contratista.";
Que conforme se ha visto las leyes que regulan el presente contrato sólo exigen para
la cesión del contrato la autorización de la Administración para la...
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