Resolución Nº 772/2012

Fecha de disposición04 Junio 2012
Fecha de publicación11 Julio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 4/6/2012

VISTO el Expediente Nº 1.487.580/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia tramita la solicitud de homologación del Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, y la empresa LABORATORIO PFORTNER CORNEALENT SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y FINANCIERA, obrante a fojas 9 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del instrumento cuya homologación se persigue las partes pactan el pago de una asignación de carácter no remunerativo, con vigencia a partir del mes de diciembre de 2011, conforme los detalles allí impuestos.

Que cabe señalar que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que se encuentra acreditada la representación de las partes, conforme documentación agregada en autos, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 900/05.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, y la empresa LABORATORIO PFORTNER CORNEALENT SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y FINANCIERA, obrante a fojas 9 del Expediente Nº 1.487.580/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 9 del Expediente Nº 1.487.580/11.

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