Resolución N° 103/GCABA/08

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Abril de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 103/ GCABA/ 08

Se autoriza corte de tránsito vehicular

Buenos Aires, 22/04/2008

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 5438-CGPC

N° 4-2008 y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;

Que, por el Registro mencionado, el Circuito Cultural Barracas, a través del C.G.P.C.4, solicita permiso para efectuar la afectación total de la calzada de Av. Iriarte entre Vieytes y San Antonio, el día domingo 4 de mayo de 2008, en el horario de 13.00 a 18.00 horas, con motivo de la La Fiesta en la puerta del Circuito;

Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado intervención en el trámite, emitiendo opinión favorable respecto al corte solicitado;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVE:

Art.1°...

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