Resolución N° 382/MJGGC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 382/MJGGC/19
Buenos Aires, 15 de octubre de 2019
VISTO: El Decreto N° 491/18, las Resoluciones N° 782/MHGC/17 y 97/MEFGC/19, la
Disposición N° 30/DGCG/19, y los Expedientes Electrónicos Nº 2019-31287712-
GCABA-DGTALMJG y N° 2019-31526401-GCABA-UPEPI, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto, tramita la autorización de viaje a favor de la
agente Dolores Cortés, DNI N° 18.771.730, que se desempeña como Coordinadora de
Relaciones Institucionales en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales Parque
de la Innovación, organismo fuera de nivel que actúa en el ámbito de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que dicha autorización se origina con motivo del viaje que realizará la mencionada
agente el día 16 de octubre del corriente año a la ciudad de Mar de Plata, Provincia de
Buenos Aires, Argentina, a fin de participar en la reunión trimestral del Consejo de
Rectores de Universidades Privadas (CRUP), para presentar el proyecto del Parque
de la Innovación (PI);
Que, a través de la Resolución N° 782/MHGC/17 se aprobó y adjudicó la Licitación
Pública N° 623-1390-LPU16 correspondiente a la contratación de la prestación de un
Servicio de reserva y contratación de pasajes, alojamiento, comidas, traslados, y
demás servicios de viaje conexos que puedan ser requeridos desde el GCABA,
emisión, envío y entrega de pasajes, Vouchers y demás documentación que se
confeccione con motivo de la prestación de estos servicios, con destino a las
Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante el Decreto N° 491/18, se aprobó el régimen para la Asignación de
Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, por medio de la Resolución N° 97/MEFGC/19, se aprobó la
reglamentación del Decreto citado en el considerando precedente, por medio de los
Anexos I a VI;
Que, al respecto, en el Artículo 5° del Anexo V de la Resolución N° 97/MEFGC/19 se
establece que los viajes oficiales, debidamente autorizados, deben sujetarse a la
operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N° 623-1390-LPU16 o la que
en lo sucesivo la continúe o reemplace, mientras se encuentre en vigencia la misma,
con las excepciones que en forma previa determine esta Dirección General de
Compras y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas, en cuyos casos la
asignación de los fondos para la contratación de los pasajes y del alojamiento
tramitará de acuerdo con lo establecido en el apartado k) del artículo 6° y en el
apartado c) del artículo 8° del mencionado anexo;
Que, obran las intervenciones, en el marco de sus competencias, de las
Subsecretarías de Relaciones Internacionales e Institucionales y de Gestión y
Administración Económica;
Que la presente gestión cuenta con el respaldo presupuestario suficiente.
Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el Artículo 2°, Anexo V, de la
Resolución N° 97/MEFGC/19,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5748 - 25/11/2019

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