Resolución N° 144/GCABA/AGC/08

FirmantesYoung
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESOLUCIÓN N° 144/ GCABA/ AGC/ 08

Se hace lugar a recurso jerárquico

Buenos Aires, 31/03/2008

Visto, el Expediente N° 49.094/00, N° 75.900/00, N° 39.968/05, y

CONSIDERANDO:

Que, por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por la Sra. Máxima Lina Fleitas Domínguez, propietaria de la finca sita en la calle Viamonte 2266/68, U.F. N° 1, de esta Ciudad, contra la intimación efectuada por la Dirección General de Fiscalización y Control, con fecha 30 de octubre de 2000 (Expediente N° 75.900/00), para que en el plazo de treinta (30) días, regularice su situación, atento haberse verificado la ejecución de obras de carácter constructivo, sin permiso en la fachada de su propiedad (apertura de vano en muro de fachada);

Que, asimismo dicha Dirección General le ha comunicado que tal situación se regulariza presentando la documentación conforme el art. 6.3.1.2 Obras en Contravención del Código de Edificación, juntamente con la conformidad del 100 % de los copropietarios, la que deberá estar certificada por un escribano público;

Que, en fecha 18 de marzo de 2002, la propietaria del inmueble de referencia presenta un descargo por intimación (Expediente N° 75.900/00);

Que, que en dicha presentación la misma manifiesta que ha presentado el plano y ha pagado lo que le corresponde por el derecho a obra, pero que le es imposible cumplir con el requerimiento de lograr la conformidad del 100%, de los copropietarios, debido a que la copropietaria de la otra unidad (son sólo dos), le ha negado la conformidad en reiteradas oportunidades;

Que, mediante la Disposición N° 1.491-DGFOC/02 (Expediente N° 75.900/00), se rechazó lo peticionado por la propietaria, tomándose dicha presentación como un recurso de reconsideración y se la intimó nuevamente a regularizar la situación antes señalada, informando en ese acto a la interesada que la regularización se producía con la presentación de la documentación conforme el art. 6.3.1.2 Obras en Contravención juntamente con la conformidad del 100 % de los copropietarios, la que deberá estar certificada por un escribano público o bien demoliendo las obras ejecutadas en infracción;

Que, con fecha 21 de noviembre de 2003, la propietaria del inmueble se presenta nuevamente, reiterando su solicitud de dispensa de cumplir con el requisito de...

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