Resolución N° 38/CMCABA/21

EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 38/CM/21
Buenos Aires, 20 de abril de 2021
VISTO: La actuación TEA A-01-00004024-6/2021 s/ Proyecto de Modificación del
Reglamento del Archivo General del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el Dictamen N° 4/2021 de la Comisión de Administración Gestión y
Modernización Judicial y,
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Consejera, Dra. María Julia Correa, elevó a la Presidencia de este
Consejo de la Magistratura un “proyecto de modificación del Reglamento del Archivo
General del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su
conocimiento y posterior remisión a la Comisión de Administración, Gestión y
Modernización Judicial.”
Que se destaca que el Reglamento vigente aprobado por Resolución CM N° 116/2004
y modificado por Resoluciones CM N° 696/2006 y 111/2013, no contempla
expresamente un mecanismo de destrucción de expedientes y documentación judicial
enviados al Archivo General para su tratamiento, y por ello se promueve su reforma.
Que manifiesta que debido a la gran cantidad de causas existentes al día de la fecha
en el Archivo y toda vez que desde el inicio de la Justicia de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en el año 1998, en el fuero hoy en día Penal, Penal Juvenil,
Contravencional y de Faltas hasta la sanción de la ley 25752 (promulgada el 25 de
julio de 2003) no tramitaron causas penales sino únicamente causas
contravencionales y de Faltas, y habiendo transcurrido más de 17 años desde esa
fecha es que correspondería ordenar la destrucción de todos los expedientes
archivados en materia Contravencional y de Faltas desde el año 1998 hasta el junio
del año 2003; previo listado y comunicación a los Juzgados intervinientes por el
término de 20 días hábiles.
Que en sentido coincidente y teniendo en cuenta los datos que surgen de los Tableros
de Gestión que muestran que más del 90% de los expedientes sorteados desde la
creación del fuero Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo
corresponden a juicios de apremio cuyo trámite es abreviado, corresponderá ordenar
la destrucción de aquellas ejecuciones fiscales que se encontraran archivadas y que
hubieran sido remitidas al Archivo desde el inicio del funcionamiento del fuero y hasta
el mes de junio del año 2005; ello, previo listado y comunicación a los Juzgados
intervinientes por el término de 20 días hábiles.
Que a fines de avanzar con el proceso de “despapelización” del Poder Judicial, resulta
pertinente establecer que cada vez que algún Juzgado o rama del Ministerio Público
requiera el desarchivo de un expediente o legajo, el Archivo General deberá remitir las
actuaciones en cuestión a través del sistema informático EJE o de los sistemas con los
que interoperan los Ministerios Públicos; previa digitalización y carga de la
documentación al sistema; una vez hecho lo anterior, las constancias en soporte papel
podrán ser destruidas conforme lo dispuesto en el Anexo de la presente.
Que también se deberá hacer saber a las dependencias responsables que remitan al
Archivo General del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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