Resolución Nº 570/2012

Fecha de disposición24 Abril 2012
Fecha de publicación13 Junio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 24/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.489.270/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.489.270/12, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por la parte gremial con la Empresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo citado precedentemente, modifica los valores de los salarios básicos de los trabajadores comprendidos en los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E” y Nº 13/89 “E”, de conformidad con las condiciones y términos allí establecidos.

Que al respecto, corresponde dejar asentado que si bien las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E” han sido el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por la parte gremial con la empresa AUTOLATINA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, la empresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ha acreditado oportunamente ante esta Cartera de Estado ser continuadora de esta última, surgiendo antecedentes negociales homologados mediante Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 534 de fecha 27 de mayo de 2011.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos, han ratificado a fojas 89/90 y 91 en todos sus términos el acuerdo y cumplimentado el recaudo que establece el artículo 17° de la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se han acreditado los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, una vez dictado el pertinente acto homologatorio, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) por la parte gremial con la Empresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.489.270/12 juntamente con actas de ratificación obrantes a fojas 89/90 y 91 del Expediente Nº 1.489.270/12, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.489.270/12 juntamente con actas de ratificación obrantes a fojas 89/90 y 91 del Expediente Nº 1.489.270/12.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su...

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