Resolución N° 3794/MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición11 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 3794/MCGC/18
Buenos Aires, 4 de julio de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), modificada por Ley Nº 5960, la Ley Nº 2.264 (texto
consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 363-GCABA-2015 y su modificatorio el Nº
119-GCABA-2018, el Decreto N° 886/GCABA/07 y su modificatorio N°
1135/GCBA/2009, las Resoluciones N° 648/GCABA/2010 y el Expediente Electrónico
EX-2018-17557962- -MGEYA-DGTALMC, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
32 que “La Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras...facilita el
acceso a los bienes culturales; fomenta el desarrollo de las industrias culturales del
país;...impulsa la formación artística y artesanal; promueve la capacitación profesional
de los agentes culturales; procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas
e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las
manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y
trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y
difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones..
Que la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley Nº 5.460
(texto consolidado por Ley N° 5666), modificada por Ley Nº 5960, en su artículo 22,
establece entre las funciones del Ministerio de Cultura la de “Diseñar e implementar
las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo
cultural.“ (Inc. 1)..
Que la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 5.666) creó el Régimen de Promoción
Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la
participación privada en el financiamiento de proyectos culturales y estableció al
Ministerio de Cultura como su autoridad de aplicación;
Que el Decreto N° 886/GCABA/07 y su modificatorio Decreto N° 1135/GCABA/2009
aprobó la reglamentación de la referida Ley y en el artículo 28 de su Anexo faculta al
Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar los actos
administrativos reglamentarios, complementarios e interpretativos que resulten
necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento del citado Régimen;
Que mediante las Resoluciones N° 648/GCABA/2010 y N° 1395/GCABA/2010 se dictó
la normativa complementaria a fin de establecer las condiciones que permitan la
correcta ejecución de dicho Régimen;
Que la práctica evidenció la necesidad de realizar adecuaciones a dichas normas para
optimizar el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural;
Que para favorecer la coherencia en la reglamentación operativa resulta oportuno
dictar una nueva resolución donde se incluyan los aspectos de las anteriores normas,
en conjunto con otros puntos;
Que asimismo resulta necesario proceder a la derogación total de las Resoluciones N°
648/MCGC/2010 y N° 1395/MCGC/2010, por tratarse de la misma temática de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5411 - 11/07/2018

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