Resolucion n° 379

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2005

RESOLUCION Nº 379

Mendoza, 31 de octubre de 2005

Visto: El Expediente Nº 21.438-C-2003, por el cual

EL INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Emplázase a los titulares de los Nichos del Sector Subterráneo "J", del Cementerio de la Capital, cuyos plazos de concesión se encuentran vencidos al día de la fecha y/o quienes posean derechos sobre los restos depositados en las mismas cuya nómina y ubicación se detallan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles regularicen su situación, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se dispondrá de los mismos y procederá sin más trámite a la exhumación y cremación de los restos, destinándolos al Cinerario Común de donde no podrán ser recuperados, a saber:

Nichos del Sector

Subterráneo "J"

Nicho

Restos

2807

López, Elba Estela

2808

Alvarez, Modesta

2811

Aranguez, Josefa

2816

Matto, Rafael

2819

Páez, Hipólito Angel

2820

Aguirre, Rosa Haydee

González, Celina Antonia

2826

Rizzo, Mateo, Manuel -

Rizzo, N.

2836

Fernández, Antonio

2840

Izaguirre, Justa Tránsito

2841

Rodríguez, Marta

2847

Mariano, Agustín

Armando

2850

Ferreyra, Raúl Marcelo

2853

García, Francisca

2855

Nieto, Demofilo

2859

Zárate, José Ignacio

2860

Moral, Concepción Del

2862

Inostrosa, Rosa Anacleta

2863

Palleres, Gregoria Emilia

2867

Francescho, Petrona De

2872

Retamazo, Victoria Ana

2875

Gudiño, Julia Josefa

2876

Ponce, Josefa Aurelina

2880

Magallanes, Solano

Eufemio

2885

Vazque, Juan Antonio

2888

Pizarro, Primitiva

2889

Monte Miranda, José

2892

Del Corso, María Alicia

Artículo 2º

Procédase por el Departamento Cementerio una vez vencido el plazo y términos que se disponen por el Artículo 1º, a desocupar los Nichos del Sector Subterráneo "J", a exhumar los restos depositados en las mismas, a su cremación y destínense las cenizas al Cinerario Común de donde no puedan recuperarse.

Artículo 3º

Por Despacho de Secretaría de Hacienda, procédase a la publicación que establece el Artículo 152º de la Ley Nº 3909.

Artículo 4º

Por Dirección de Rentas ¬ñ Defunciones, tómese debida nota de lo dispuesto. Cumplido, remítase al Departamento Cementerio a los fines pertinentes.

Artículo 5º

Comuníquese y dése al Libro de Resoluciones.

Eduardo Cicchitti

Intendente

Liliana E. Vietti

Sec. de Hacienda

Bto. 51215

PublicaciÛn: 3 veces: 10/01/06, 12/01, 16/01

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