Resolución Nº 5/2008

EmisorFondo Transformacion
Fecha de la disposición11 de Abril de 0008

RESOLUCIÓN Nº 5/2008

Mendoza, 16 de enero de 2008

Asunto: Derogación Resoluciones Nº 3/2006 de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento. Aprobación del Nuevo Organigrama Funcional de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento.

Vistos: Lo dispuesto por las Resoluciones Nº 3/2006, de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento (en adelante la Administradora), y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 3/2006 se modificó el Organigrama Funcional de la Administradora;

Que asimismo, se asignaron funciones al Director Ejecutivo y a los respectivos Subdirectores como así también a Asesoría Letrada, ello en virtud de la necesidad que se planteó al momento de la emisión de dicha Resolución de dar a la Institución un nuevo rumbo estratégico, centralizando el manejo de las políticas de actuación;

Que es necesario adecuar las funciones de los niveles gerenciales, a los efectos de agilizar las tareas administrativas, permitiendo mayores niveles de control interno.

Que la aplicación de nuevos procedimientos y controles de la Institución requieren una necesaria adaptación de la estructura organizacional de la misma;

Que en consecuencia, advirtiendo los constantes cambios que afectan la actividad de esta Administradora, se hace indispensable efectuar un reordenamiento y actualización de las funciones contempladas en el Organigrama Funcional de la misma;

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Derógase las Resoluciones Nº 3/2006 de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento.

Artículo 2º

Apruébase el organigrama funcional de Administradora, que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3º

Asígnanse las siguientes funciones al Director Ejecutivo:

  1. Ejercer la administración de la Administradora Provincial del Fondo con los alcances establecidos en

    la Ley Provincial Nº 6071(TO) y cc. .

  2. Ejercer la representación legal de la Administradora Provincial del Fondo en todas las contrataciones derivadas de la aplicación del punto anterior.

  3. Ejercer las acciones útiles para cobrar los créditos otorgados por si o como mandatario y/ o fiduciario , así como instruir a Asesoría Letrada y/o a terceros para realizar las gestiones prejudiciales, judiciales y extrajudiciales que correspondan.

  4. Coordinar

    todas las tareas necesarias para la adecuada difusión del funcionamiento de la Administradora, organizando conferencias y/o dándolo a conocer a través de los medios de comunicación.

  5. Aprobar la ejecución mensual de gastos en función del presupuesto vigente debidamente aprobado de acuerdo a lo establecido en la Ley 6071(TO) y cc,

  6. Informar de la gestión realizada por la Administradora a las autoridades que lo soliciten, en el marco de la Ley Nº 6071(TO) y cc.

  7. Mantener un fluido contacto con los restantes organismos provinciales y municipales a efectos de brindarles información e informarse de las novedades que se presenten.

  8. Organizar las reuniones de la Administradora y proponer el orden del día

  9. Asesorar en materia financiera a los requerimientos de la Administradora y del Gobierno Provincial.

  10. Coordinar los convenios suscriptos o a suscribir con los organismos centralizados o descentralizados del Gobierno Nacional y Provincial.

  11. Las que determine la Administradora.

Artículo 4º

Fíjase la remuneración del cargo de Director Ejecutivo de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento en una suma equivalente a la de la asignación correspondiente al cargo de Ministro del Órgano Ejecutivo Provincial.

Artículo 5º

Asígnanse las siguientes funciones a la Subdirección de Desarrollo, las que serán ejercidas, de acuerdo a sus respectivas responsabilidades, por el Subdirector de Desarrollo, Jefes de Departamento del Área, Oficiales de Crédito y/o demás profesionales dependientes de la Subdirección:

a.

Proponer al Director Ejecutivo las personas para integrar el grupo de trabajo para la ejecución de las tareas inherentes a la Subdirección de Desarrollo y coordinar la ejecución de las mismas, proponiendo la creación de Jefaturas o divisiones que resulten necesarias para el desarrollo de la función desempeñada por el sector a su cargo.

b.

Elaborar los modelos de contratos de préstamo.

c.

Elaborar, los Reglamentos de las líneas de crédito, a efectos de

su aprobación.

d.

Proponer las metodologías y criterios de evaluación técnica, económica, patrimonial, jurídica y de valoración de garantías a utilizar en el análisis de los financiamientos de proyectos de inversión privada y de las

solicitudes de crédito que se presenten ante

la Administradora.

e.

Formular la metodología de selección de las entidades financieras que participen como fiadoras de los proyectos de inversión privada aprobados.

f.

Controlar que las entidades financieras fiadoras mantengan las...

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