Resolución N° 46/GCABA/SSSU/08
Firmantes | Molinero |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Seguridad Urbana |
Fecha de la disposición | 13 de Marzo de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA
RESOLUCIÓN N° 46/ GCABA/ SSSU/ 08
AUTORIZA CORTE DE TRÁNSITO VEHICULAR SOLICITADO POR LA PARROQUIA SAN ISIDRO LABRADOR
Buenos Aires, 13/03/2008
Visto el Decreto N° 2.075/07, la Resolución N° 558-SSSU-SSPyCEP-SSTyT/06 y el Registro N° 91-DGCUL/08,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la fuerza pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por el registro mencionado, la Parroquia San Isidro Labrador, a través de la Dirección General de Cultos, solicita permiso para efectuar la afectación total de la Av. San Isidro entre Deheza y Arias, el día domingo 16 de marzo de 2008, de 10.30 a 11.00, con motivo de realizar la bendición de ramos en la puerta del templo;
Que a tales efectos la Dirección General de Culto, ha manifestado que este evento es de vital importancia para los vecinos y feligreses de esa comunidad;
Que a tales efectos la Dirección General de Tránsito, considera factible el otorgamiento del pertinente permiso;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos...
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