Resolución Nº 374/GCABA/SSMEP/16
Firmantes | Capelli |
Emisor | SUBSECRETARÍA MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO |
VISTO:
la Ley N° 5.460 y su Decreto reglamentario N° 363/15, el EX-17.190.382-MGEYA-
UAC9/16, y
CONSIDERANDO:
Que, en la petición efectuada por el señor Santiago Zeyen, el mismo solicita un
resarcimiento por los daños que el impacto con un bache le habría provocado al
vehículo marca Renault, modelo Sandero Stepway PH2 Confort, dominio KLW 600,
mientras circulaba por la Av. Directorio a la altura del 3400 de esta Ciudad, el
02/07/2016;
Que, la presentación efectuada en el orden 2, será considerada como simple petición
en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;
Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;
Que, el señor Santiago Zeyen solicita "un resarcimiento económico del daño sufrido
(...) producto del pozo sin señalizar de Av. Directorio al 3400 (esq. Azul)...", por el
vehículo marca Renault, modelo Sandero Stepway PH2 Confort, dominio KLW 600, el
día 02/07/2016;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, acompaña la siguiente
documentación en el orden 2, a saber: 1.-Copia fiel del título de propiedad del
mencionado automotor, acreditando de tal forma su calidad de propietario en un 50%;
-
- Cuatro (4) fotografías; 3.- Un presupuesto y una factura; 4.-Certificado de cobertura
de seguro vigente, contratado con la empresa Dusan;
Que, la Dirección General Fiscalización del Espacio Público informa que "... tiene
registro del permiso N° 1500141590 que en copia se agrega...". Dicho permiso
corresponde a la empresa Metrogas S.A., a través de su contratista Inarteco S.A.,
siendo las fechas de inicio de la apertura el 19/02/2016 y la de finalización el
07/03/2016 (orden 41 y orden 1 de archivo de trabajo del mismo orden);
Que, en el caso planteado cabe resaltar que, de las constancias reunidas se
desprende que en fecha cercana y en el lugar en que se denuncia la ocurrencia del
hecho, la empresa "METROGAS S.A.", a través de Inarteco S.A., tenía otorgados
permisos para efectuar una apertura por una emergencia declarada, razón por la cual
sería responsable por los daños a terceros. La mencionada circunstancia surge
notoriamente del informe practicado por la Dirección General Fiscalización del...
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