Resolucion Nº 374

EmisorSecretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2016

RESOLUCION Nº 374

Mendoza, 21 de octubre de 2016

Visto lo actuado en el Expediente N° 3-D-2016-18007, en relación con el Estudio Ambiental del proyecto denominado: "Estructura Soporte de Antena a Instalar en el Sitio MN282", a ubicarse en el Campamento Base Plaza de Mulas, Parque Provincial Aconcagua, Departamento de Las Heras, propuesto por la Empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. a fin de ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 143 se adjunta Boleto de Ingresos Varios Diferenciados de fecha 14 de junio del 2016, emitido por el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al Aforo realizado por la Empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 59, de la Ley Impositiva N° 8837, correspondiente al año 2016.

Que a fs. 147/149 obra copia de la Resolución N° 216 del 15 de julio del año 2016 emitida por esta Secretaría, mediante la cual se autorizó el inicio del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Manifestación General de Impacto Ambiental del proyecto: "Estructura Soporte de Antena a Instalar en el Sitio MN282"; se designó a la Unidad de Evaluaciones Ambientales para efectuar la implementación, el seguimiento y la fiscalización del citado proyecto; al Instituto Argentino de Investigación de las Zonas Áridas (IADIZA) como Organismo para la elaboración del Dictamen Técnico establecido en el Artículo 16° del Decreto N° 2109/1994; y a la Municipalidad de Las Heras, a la Dirección de Hidráulica, Dirección

de Recursos Naturales Renovables, Agencia de Ordenamiento Territorial y la Dirección de Protección Ambiental como Organismos responsables de elaborar los Dictámenes Sectoriales, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17º del citado decreto.

Que a fs. 153/159 se adjunta

Dictamen Técnico elaborado por el instituto Argentino de Investigación de las Zonas Áridas (IADIZA), el cual se expidió favorablemente por encontrarse el Estudio Ambiental presentado, encuadrado en los términos generales de la Ley N° 5961 y su Decreto Reglamentario N° 2109/94.

Que de acuerdo con lo establecido en los Artículos 31º de la Ley N° 5961, 18° del Decreto N° 2109/1994 y 7° de la Resolución Nº 109-AOP-1996, la Secretaría de Ambiente Ordenamiento Territorial deberá convocar a Audiencia Pública a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas...

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