Resolución Nº 474/2012

Fecha de disposición10 Abril 2012
Fecha de publicación22 Mayo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 10/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.367.063/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1241 de fecha 30 de septiembre de 2009 y Nº 824 del 5 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13 del Expediente Nº 1.367.063/10 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte sindical, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 553/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 824/10 y registrado bajo el Nº 890/10, conforme surge de fojas 34/36 y 39, respectivamente.

Que mediante la Resolución S.T. Nº 1241/09 se fijó el tope indemnizatorio para el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 553/09 con vigencia desde el 1° de mayo de 2010 correspondiente al Acuerdo Nº 792/09, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 896 del 21 de julio de 2009.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 890/10 han establecido nuevos valores para las escalas salariales vigentes al mes de abril de 2010, deviene necesario dejar sin efecto los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio fijados para el citado CCT Nº 553/09 con vigencia a partir del 01/05/2010.

Que cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1241 del 30 de septiembre de 2010 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 46/58, obra el informe técnico elaborado por la Dirección...

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