Resolución N° 3708/MEDGC/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 3708/MEDGC/21
Buenos Aires, 29 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5.666), el entonces vigente Decreto
Reglamentario Nº 326/17 (actual Decreto N° 74/21), la Resolución Conjunta Nº 5-
SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC-2014, Resolución Nº 4136/GCABA/MEIGC/18 y el
Expediente Electrónico Nº 24479247-GCABA-DGAR-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga de la locación
administrativa del inmueble sito en la calle Luis Viale 1046/48 -Unidad 1 Planta Baja y
Alta-, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ((inscripto en la Matrícula FR 15-
24498)), con destino al funcionamiento de la Escuela Primaria 19 del Distrito Escolar
7°, dependiente de este Ministerio de Educación;
Que mediante la Resolución N° 4136-GCABA-MEIGC/18 se aprobó el Contrato de
Locación Administrativa de la unidad en cuestión, por el término de treinta y seis (36)
meses, contados a partir del 1 de septiembre de 2018, y finalizando el día 31 de
agosto de 2021, previéndose en su Cláusula tercera la facultad de EL LOCATARIO de
prorrogar la vigencia del mismo por el mismo plazo de conformidad con la normativa
reglamentaria;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la
Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666)
reglamentada por el entonces vigente Decreto Nº 326GCABA/17 (actual Decreto
74/21);
Que el artículo 28, Inciso 12, apartado m) del Anexo I del mencionado Decreto
Reglamentario disponía: Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso
de la prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de una
cláusula adicional; salvo cuando existan modificaciones del contrato original que, por
su envergadura, ameriten la suscripción de un nuevo contrato. En los casos de
celebración de cláusula adicional deberá cumplimentarse con los requisitos previstos,
en los incisos a) y f) y, en los supuestos de suscripción de un nuevo contrato se
deberá dar cumplimiento a los incisos a), e), f) e i) del presente;
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del entonces Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/2017, respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección
General de Administración de Bienes, informa que luego de haber realizado una
exhaustiva búsqueda en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no
existen en la actualidad inmuebles disponibles, de titularidad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que posean las características edilicias y geográficas necesarias
para los fines solicitados;
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con el propietario que dieron como resultado la cláusula
adicional de prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Dirección
General Escribanía General bajo Nº 2953435/19, que tendrá un plazo de duración de
tres (3) años, a partir del 01 de septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2024,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6269 - 02/12/2021

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